Ley ómnibus: cómo es la nueva moratoria tributaria que incluyó el Gobierno

Tomará en cuenta obligaciones impositivas vencidas hasta el 30 de noviembre pasado, con diferentes planes para pagar de acuerdo al plazo y la modalidad.

Entre los artículos del proyecto «ómnibus» enviado por el presidente Javier Milei al Congreso, se incluye una nueva y amplia moratoria de deudas tributarias, con el nombre de «Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social».

Según establece el escrito, la iniciativa tomará en cuenta obligaciones impositivas vencidas hasta el 30 de noviembre pasado y excluye las deudas por ART, aportes y contribuciones a obras sociales, seguros de vida obligatorios, aportes a personas de casas particulares. En cambio, dará la posibilidad de pagar el impuesto a la riqueza, entre otros.

Los planes de pago dentro de la moratoria serán distintos. Si se abona al contado dentro de los 90 días desde que se implementa la medida, la AFIP determinará una condonación de deudas de 50%: si el pago se realiza en cuotas dentro de los 90 días el descuento será de 30%; y el pago en cuotas a partir del día 91 solo tendrá un perdón de 10% del total.

En todos los casos, indica el artículo 113 del mega proyecto girado por el Gobierno al Congreso, se descontará el 100% de las multas previstas.


Los requisitos de la nueva moratoria incluida en la ley ómnibus


-Las personas humanas ingresarán un pago a cuenta equivalente al veinte por ciento (20%) de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta sesenta (60) cuotas mensuales.

-Las Micro y Pequeñas Empresas ingresarán un pago a cuenta equivalente al quince por ciento (15%) de la deuda y, por el saldo de deuda resultante, hasta ochenta y cuatro (84) cuotas mensuales

-Las Medianas Empresas ingresarán un pago a cuenta equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta sesenta (60) cuotas mensuales

-El resto de los contribuyentes ingresarán un pago a cuenta equivalente al treinta por ciento (30%) de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales.

Con información de Infobae


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