El juez que intentó impedir una sesión del Deliberante «no violó la división de poderes»

La Comisión Especial del Jurado de Enjuiciamiento propuso por unanimidad rechazar el pedido de jury presentado en su contra. Lo mismo hizo con una denuncia contra el fiscal Fernando Rubio.

La judicialización del conflicto político en el municipio emepenista de Villa La Angostura llegó a su fin con el resultado previsto. Salieron fortalecidos en intendente, el juez y el fiscal jefe que acompañaron la estrategia del partido gobernante, mientras que los concejales que destituyeron al secretario de Economía se quedaron con una causa penal en contra.

El escándalo tuvo eco en la Legislatura, en el Tribunal Superior de Justicia y en el Jurado de Enjuiciamiento. A este organismo se debe la última novedad: la Comisión Especial rechazó sendas denuncias de la legisladora Leticia Esteves (Juntos por el Cambio) y del bloque de diputados y diputadas del Frente de Todos contra el juez procesal administrativo Matías Nicolini y el fiscal jefe Fernando Rubio, respectivamente.

La Comisión Especial, integrada por la vocal del TSJ Soledad Gennari, el legislador Fernando Gallia y la abogada Soledad Vallejos, rechazó los planteos de presunto mal desempeño. La decisión es revisable por el Jurado de Enjuiciamiento de siete integrantes.

El tema más delicado a resolver era la decisión del juez Nicolini, quien intentó suspender una sesión del Concejo Deliberante de Villa La Angostura. Según la denuncia de la legisladora Esteves, el magistrado actuó «avasallando y anulando la Constitución Provincial. Agredió los principios constitucionales de un modo que pone en riesgo al principio de división de poderes y a la democracia toda».

Soledad Gennari, autora del voto al que adhieren Gallia y Vallejos, le respondió: «no resulta atendible el argumento de la denunciante. Los Jueces -y, más especialmente, los magistrados y magistradas que integran la justicia procesal administrativa- tienen por misión constitucional y legal, precisamente el control de los actos de los poderes públicos, incluyendo -obviamente- los emanados de los poderes Ejecutivos y Legislativos -sean ellos provinciales o municipales- como expresión clara del juego armónico -de pesos y contrapesos- que surgen del principio de separación de las funciones del poder».

«Huelga decir que no es posible constatar una disposición constitucional o legal en el ordenamiento jurídico provincial que excluya del ámbito de control por parte de las/os juezas/ces procesales administrativos los actos y/o decisiones que adopten los cuerpos legislativos, por lo que el argumento en sí no es atendible, al menos en lo que concierne al caso que se analiza».

La sesión que Nicolini intentó impedir, dando respuesta a un amparo del exsecretario de Economía Daniel Brito, se hizo de todos modos, y el funcionario municipal fue destituido. Intervino entonces el otro actor cuestionado, el fiscal Fernando Rubio, quien allanó el Concejo Deliberante, e imputó a todos los concejales por desobediencia a una orden judicial.

El bloque del Frente de Todos pidió un jury para Rubio, pero la Comisión Especial también lo rechazó.

«No puede inferirse que haya mediado ‘persecución judicial y política’ respecto de las y los Concejales imputadas/os», afirmó, otra vez a través del voto de Gennari con la adhesión de Gallia y Vallejos.

«Las constancias revelan que hubo una actuación fiscal ceñida a la documentación que le había remitido la Ofiju Administrativa de Zapala. No hay elementos fácticos que indiquen que el Fiscal Jefe actuó y/o dirigió los actos con la aviesa intención de ‘perseguir’ a las autoridades legislativas municipales. Los datos recabados en la investigación -y muy especialmente, los aportados por quien se desempeña como Secretaria del Concejo Deliberante- dan base para sostener que habría existido la desobediencia a la orden judicial impartida por el Dr. Nicolini».


El paso a paso


• Ante el Concejo Deliberante de Villa La Angostura se inició, en 2020, un procedimiento de juicio político contra el entonces Secretario de Economía, Daniel Brito, por mal desempeño de sus funciones.

• Brito presentó una solicitud de medida cautelar en el Juzgado de Nicolini, con el objeto de que ordene la suspensión de la sesión del Concejo Deliberante prevista para el 15 de enero de 2021 y del juicio político llevado en su contra.

• El 14 de enero, Nicolini ordenó al Concejo Deliberante la suspensión de la Sesión Pública Extraordinaria fijada para el 15 de enero, bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial.

Ese fue el nudo de la acusación de Esteves. La orden del juez a los concejales, afirmó, «importó una interferencia inadmisible del Poder Judicial sobre las atribuciones y competencias asignadas en forma exclusiva al Poder Legislativo por la Constitución Provincial».

Los concejales siguen imputados, y ya habían sufrido en abril una derrota en el Tribunal Superior de Justicia, que les rechazó un planteo mediante el cual le pedían la intervención directa en el enfrentamiento institucional que mantienen con el Municipio que conduce Fabio Stefani.


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