Imputaron a dos operarios por el descarrilamiento de telesilla

Es por el accidente del 12 de julio de 2013 en la silla Cuádruple del cerro Catedral. El fiscal los acusa por lesiones culposas.

Redacción

Por Redacción

JUSTICIA

El fiscal Bernardo Campana promovió acción penal e imputó a dos operarios responsables del funcionamiento de la Telesilla Cuádruple por el presunto delito de lesiones culposas que sufrieron siete personas como consecuencia del descarrilamiento de ese medio de elevación del centro de esquí del Cerro Catedral.

Fuentes judiciales informaron que el fiscal promovió días atrás la acción penal tras evaluar los elementos de prueba que surgieron durante la investigación preliminar y pidió las medidas de prueba correspondientes al juez de Instrucción Martín Lozada, a cargo de la causa.

En consecuencia, Lozada citará probablemente en los próximos días a los operarios imputados para que presten declaración indagatoria. Aunque no trascendió cuándo se hará esa diligencia judicial ni la identidad de los acusados.

El hecho ocurrió el 12 de julio del año pasado cuando por causas que se investigan se descarriló un tramo de la Telesilla Cuádruple a la altura de la torre 11 y siete personas cayeron al suelo desde una altura considerable y sufrieron lesiones de distinta consideración. Por lo menos dos esquiadoras sufrieron lesiones graves.

Lozada se hizo cargo de la causa pocos días después del hecho. Ordenó una pericia física a Rodolfo Pregliasco, quien es director del Grupo de Física Forense, para determinar ciertos aspectos técnicos vinculados a la causa del descarrilamiento.

La Telesilla Cuádruple estuvo cerrada dos semanas y se dispuso su reapertura a partir del informe de un equipo técnico integrado por especialistas del Centro Atómico Bariloche y del INVAP.

El juez dispuso que previo a la reapertura del medio de elevación “Punta Nevada”, la empresa Catedral Alta Patagonia debía instalar en el sector una serie de anemómetros capaces de medir la orientación y la fuerza de los vientos.

También dispuso que la empresa debía contar con un meteorólogo capaz de interpretar y analizar la información obtenida por dichos anemómetros.

Lozada afirmó entonces que esas medidas ordenadas a la concesionaria que explota el centro de esquí “permitirá evitar la operación en condiciones meteorológicas similares o más severas que las reinantes al momento de producido el suceso que desencadenara las lesiones investigadas”. La empresa cumplió ambas medidas, recordaron ayer las fuentes judiciales.

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