Colapso en la justicia penal: empiezan a vencer prisiones preventivas y se cae la «ley Gerez»

La extensión por 9 meses en la prisión preventiva, además del año que otorga el Código Procesal, fue sancionada por la pandemia. Algunos jueces consideran que ya no tiene vigencia. El atraso en el agendamiento de audiencias, por diversas razones, genera consecuencias.

El retraso en la tramitación de causas penales, que comenzó a incubarse a causa de la pandemia y se prolongó debido a múltiples factores, empezó a generar otras consecuencias en Neuquén. Por ejemplo, personas con prisión preventiva lograron el beneficio de la detención domiciliaria, porque se vencieron los plazos y algunos tribunales dictaminaron que ya no tiene vigencia la extensión extraordinaria dispuesta por la llamada «ley Gerez».

Traducido: el Código Procesal Penal dice que una persona puede permanecer con prisión preventiva como máximo un año. Durante la pandemia, cuando se suspendió la realización de juicios orales, la Legislatura de Neuquén aprobó una extensión excepcional por nueve meses más, a instancias del fiscal general José Gerez.

La pandemia pasó, pero el embotellamiento de legajos en el fuero penal -sobre todo de la Primera Circunscripción con cabecera en Neuquén capital- se mantiene, y hay personas que cumplieron el año de prisión preventiva sin juicio de responsabilidad o sin el de cesura.

Por eso los abogados defensores comenzaron a reclamar su reemplazo por la detención domiciliaria u otras medidas, y los jueces les están haciendo lugar porque es lo que corresponde.

La prisión preventiva en sí es una medida excepcional, porque lo ordinario es la libertad durante el proceso. Enviar al encierro a una persona es una decisión debatible, y si goza de la presunción de inocencia es mucho más cuestionable. En Neuquén se agrega que las condiciones en que se encuentran los lugares de detención son infrahumanos.

Tema de debate en un concurso


La preocupación por el colapso, sobre el cual advirtió Río Negro el pasado 6 de febrero, es de tal magnitud que se convirtió en uno de los ejes de la entrevista personal a las dos juezas de Garantías que compiten por un puesto en el Tribunal de Impugnación, en el concurso 205 del Consejo de la Magistratura.

Estefanía Sauli, presidenta del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción, reveló que «el año pasado se cayeron 733 audiencias, entre canceladas y reprogramadas» y «no dan los tiempos para agendar nuevas audiencias».

Patricia Lúpica Cristo, presidenta del Colegio de Jueces del Interior, dijo a su turno que «si no se cambian las prácticas, no sirve nombrar 50 jueces más».

La ley Gerez ya no aplica


La semana pasada, un tribunal integrado por Sauli y los jueces Dardo Bordón y Mauricio Zabala concedió la prisión domiciliaria a un hombre acusado de homicidio que cumplió un año con prisión preventiva sin juicio. Se trata de Fernando Aroca, acusado de darle muerte a Marcos Almendra.

El fiscal Andrés Azar invocó la ley Gerez para pedir una prórroga de su detención, a lo cual se opuso el defensor particular Gustavo Palmieri con el argumento de que el homicidio ocurrió 7 meses después de que se diera por terminado el estado de excepción por el Covid.

Una radiografía de los movimientos procesales del legajo ayuda a entender por qué el caso cumplió un año sin llegar a juicio, y revela cuáles son algunas de las razones que atascan las causas y traban el flujo del sistema procesal.

La actividad de las partes


Las fechas son relevantes. Según dijo la jueza Sauli, quien presidió el Tribunal, el homicidio ocurrió el 4 de febrero del 2022, y al imputado se le dictó prisión preventiva el 6. Lo asistía en ese momento la defensa pública.

«El 1 de junio asume la defensa particular Alfredo Cury, y al día siguiente se prorroga por dos meses el plazo de investigación», continuó la jueza.

El 6 de agosto se presenta el auto de elevación a juicio, y el 31 de ese mes se fija la audiencia de control de acusación. Hasta allí, los plazos se venían cumpliendo.

Empiezan los problemas


«La audiencia del 31 de agosto se suspende por ausencia de Cury, -dijo Sauli- se fija nueva fecha para el 5 de octubre y se vuelve a suspender por el mismo motivo, ausencia del defensor. A la vez se prorroga la prisión preventiva por dos meses».

Consultado para esta nota, Cury respondió que faltó a ambas audiencias por cuestiones de salud y aclaró que no recibió ni un llamado de atención.

Más prórrogas


El 14 de octubre asumió la defensa Gustavo Palmieri y se prorrogó la preventiva hasta el 6 de febrero del 2023, con lo cual se cumplió el año establecido como plazo máximo en el Código.

«La fiscalía recién pide de nuevo la audiencia de control de acusación el 11 de noviembre, más de un mes después (de la suspendida el 5 de octubre) y se lleva adelante el 5 de diciembre«, siguió la jueza.

Advirtió que «esta dilación no es una falla de la Oficina Judicial ni del agendamiento, sino de la litigación de las partes. Y estamos ante un caso que a simple vista no resulta complejo, sin pluralidad de implicados ni de víctimas. Los motivos del retraso son la cantidad de audiencias solicitadas y suspendidas».

Para mayor abundamiento, como se dice en la jerga, resaltó que «advertimos un error en la forma en que se solicitan las audiencias» por parte de los abogados. «Se le puso importancia alta, pero no se especificó que había una persona detenida» para que la Oficina Judicial le otorgue prioridad en la asignación de turnos.

Por todas estas razones, y porque el homicidio ocurrió 7 meses después de terminada la pandemia, el Tribunal consideró que no correspondía aplicar la «ley Gerez», que fue aprobada para casos que se demoraron con motivo del aislamiento social preventivo y obligatorio.

Error humano


Estas fallas -humanas, de los operadores del sistema- son las que provocan suspensiones de audiencias, horas caídas de trabajo, y el colapso del sistema. Un caso que debió ir a juicio a fines del año pasado, todavía está sin fecha, las víctimas esperan una respuesta, y el imputado pasó 12 meses en una celda esperando que le digan si es culpable o inocente y qué pena debe cumplir eventualmente.

Ahora está en un domicilio, y aunque goza de la presunción de inocencia, es inevitable que alguien saque conclusiones poco reflexivas.

Ya se tomaron decisiones similares en otros legajos. Por ejemplo, los tres condenados por el homicidio de Juliana Palma en Villa Ceferino también están con prisión domiciliaria, porque recién la semana próxima se realizará la audiencia de fijación de la pena que deberán cumplir.

Luego se abrirá el plazo de impugnación, y el momento en que la sentencia adquiera firmeza está lejano.

«Un subsistema»


Algo similar ocurrió con César Nahuelquén, próximo a cumplir un año con prisión preventiva: le otorgaron prisión domiciliaria porque no tiene aún fijada la fecha del juicio oral.

En ese caso, el juez Dardo Bordón hizo una de las críticas más cristalinas a la actual coyuntura: afirmó que «la situación actual en que nos encontramos, con carencia de recursos materiales en el ámbito carcelario, y de recursos humanos en el ámbito de los ministerios públicos y de la judicatura, han creado un subsistema, y la única respuesta que se viene dando es el mantenimiento del encierro». Este subsistema «no está ni en la Constitución ni en las leyes».


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