Condenan al conductor que se le soltó un carro de su camioneta y mató a un hombre en Centenario
Fue declarado responsable penal por la muerte de Agustín Alexis Alvarado y por las lesiones graves sufridas por otra persona, tras la homologación de un acuerdo de responsabilidad presentado por la fiscal del caso Lucrecia Sola, la querella y la defensa.
Lucas Emanuel Echeverría fue declarado responsable penal por la muerte de Agustín Alexis Alvarado y por las lesiones graves sufridas por otra persona, tras la homologación de un acuerdo de responsabilidad presentado por la fiscal del caso Lucrecia Sola, la querella y la defensa. La jueza Carina Álvarez avaló lo presentado y dictaminó la culpabilidad del imputado como autor de los delitos de homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas, agravados por la conducción negligente y antirreglamentaria.
El trágico hecho ocurrió el 5 de mayo de 2024, alrededor de las 21:30 horas, sobre el acceso Jaime de Nevares a la altura de la calle Rural 20, en la localidad de Centenario. Según la reconstrucción de la Fiscalía, Echeverría conducía una camioneta con un carro de fabricación casera enganchado que no contaba con las condiciones reglamentarias de seguridad. Durante la marcha, el tráiler se desprendió, cruzó al carril contrario e impactó de frente contra la motocicleta en la que circulaban ambas víctimas.
Como consecuencia de la colisión, Alvarado falleció en el acto por politraumatismos y un traumatismo de cráneo grave. Por su parte, la persona que lo acompañaba sufrió múltiples fracturas y lesiones que le causaron una inutilidad laboral e inhabilitación física por más de 60 días, configurando legalmente el delito de lesiones graves.
Pericias clave y reconocimiento de culpa
Durante la audiencia, la fiscalía presentó un abanico probatorio que incluyó testimonios de testigos presenciales y acompañantes, informes de la División Tránsito de Centenario, registros del Centro de Operaciones Policiales, pericias médicas y el protocolo de autopsia.
Los informes mecánicos y accidentológicos resultaron determinantes al confirmar que el carro era de fabricación artesanal y presentaba fallas severas en el sistema de sujeción. La pericia concluyó que el desprendimiento y la posterior invasión del carril opuesto respondieron directamente al traslado negligente de la estructura.
Al tomar la palabra, Echeverría reconoció su responsabilidad y admitió haber actuado con negligencia al circular con un carro sin las medidas de seguridad adecuadas. Tras ratificar el acuerdo, la jueza Álvarez dio por acreditada la materialidad del hecho y dispuso que la pena y su modalidad de ejecución se resolverán en una próxima audiencia de cesura, al no existir acuerdo entre las partes respecto al monto de la condena.
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