La defensa de mujeres mapuches detenidas en Bariloche apeló el rechazo de la excarcelación

Los abogados que asisten a las cuatro acusadas por usurpaciones de predios en Villa Mascardi presentaron este sábado los recursos para tratar de que la Cámara Federal de Apelaciones de Roca revoque la decisión de la jueza de Bariloche.

Los defensores particulares que asisten a las mujeres mapuches detenidas apelaron este sábado la resolución que la jueza federal María Silvina Domínguez dictó el viernes para rechazar los pedidos de excarcelación de las acusadas por usurpaciones de predios en Villa Mascardi.

Los defensores de Betiana Ayelén Colhuan, Martha Luciana Jaramillo, Romina Rosas y María Celeste Ardaiz Guenumil presentaron las apelaciones con la expectativa de que la Cámara Federal de Apelaciones de Roca revoque la resolución de Domínguez y ordene la excarcelación de las imputadas.

La decisión que Domínguez tomó estuvo en sintonía con el dictamen de la fiscalía federal de Bariloche que se pronunció en contra de liberar a las imputadas.

Además, las mujeres deberán enfrentar posiblemente un juicio en las semanas próximas por las usurpaciones de dos predios de la Administración de Parques Nacionales, donde está el exHotel Mascardi, que quedó destruido por completo, y de un lote particular porque la jueza clausuró el 6 de enero la instrucción y elevó la causa a juicio.

Virgilio Sánchez, de la Asociación Civil Gremial de Abogados de Argentina, defiende a Rosas, mientras que otros de sus colegas asisten a las restantes imputadas.

Sánchez recordó que la Cámara Federal de Roca se expidió en su resolución del 18 de noviembre de 2022 en relación a la prisión preventiva dictada oportunamente por la jueza federal de Bariloche, confirmando la misma, pero descartando el peligro de fuga invocado.


No hay riesgo de fuga


Sánchez destacó en la apelación que la existencia de riesgo de fuga no existe. Destacó que se trata de un delito de los otrora llamados excarcelables, a lo que se suma la existencia de hijos e hijas menores y la vinculación del grupo a su territorio…”

”Sin embargo, la magistrada en su nueva resolución vuelve a invocar el peligro de fuga nuevamente sin sustento alguno que pueda modificar el criterio establecido por la alzada, invocando que el análisis sobre la existencia de riesgos procesales se realiza de acuerdo a las condiciones existentes al momento de emisión de la resolución, los que carecen de fundamento”, sostuvo el defensor.

Advirtió que la resolución de Domínguez “incorpora como fundamento al peligro de fuga la falta de arraigo de nuestra defendida frente al domicilio que denunciara en otras causas en el que no residiría realmente al momento de ser detenida, negando que se hubiera encontrado a derecho en dichas causas”.

“De ser cierto la afirmación de la magistrada, en dichas causas se hubiera decretado la rebeldía y la consiguiente orden de captura. Sin embargo, jamás estuvo en esa condición en las causas que menciona”, destacó.

“Menos aún puede ser sostenido que el hecho de que personas ignoradas coloquen banderas en el ingreso del predio del exhotel Mascardi pueda ser un fundamento que pueda ser esgrimido para el acto procesal que estamos discutiendo, en todo caso dicho hecho demuestra que no estamos frente a un mero delito de usurpación tal como ha sido tratado desde la mirada judicial sino en el marco de un conflicto territorial que trascienden las conductas enrostradas y por el cual en estos momentos existe una Mesa de Diálogo convocada por el Poder Ejecutivo Nacional y en el que se encuentra participando la parte damnificada del predio donde se colocaron dichas banderas”, recordó Sánchez.


El arraigo de las mujeres mapuches son sus hijos


Cuestionó el argumento de Domínguez, quien observó en su resolución que, de recuperar la libertad, “nuestra defendida y el resto de las que están en arresto domiciliario emprenderían la fuga con sus hijos o, tal vez, abandonándolos, obvia lo evidente: ellas ni siquiera lo intentaron cuando se produjo el ataque a su comunidad ordenado por la Dra. Domínguez y, a pesar de las relativas posibilidades de intentarlo desde el lugar donde cumplen dicho arresto, no se ha registrado el menor indicio de que quisieran intentarlo”.

Estas mujeres tienen arraigo y ese arraigo son sus hijos, lo han demostrado una y otra vez y lo siguen demostrando con las penurias a que se ven obligadas para sustentarlos en la situación en la que están”, fundó Sánchez.

“Está claro que la resolución que se ataca ignora la normativa que se expone y que expresa claramente el sufrimiento que provoca la privación de libertad impuesta, dado que nuestra defendida integra la Comunidad Lafquen Winkul Mapu”, aseguró.

Planteó que Domínguez infiere que si “los cuñados” de Rosas, Juan Pablo Colhuan, Cristian Germán Colhuan y Matías Daniel Santana, “a los que ya condenó como los “sujetos encapuchados que agredieron a los preventores con piedras, se adentraron al bosque y hasta el día de hoy permanecen fugados”, hará que adopte el mismo curso de acción, es una especulación no sólo carente de fundamento sino que también significa un claro caso de pre juzgamiento, sin contar con los elementos probatorios suficientes para realizar dicha afirmación y no puede constituir fundamento alguno para negar el beneficio que se solicita”.


La violencia


Sánchez observó que la resolución de Domínguez hace alusión a diversos hechos de violencia desde “la toma inicial”. “Por supuesto que nada dice de los hechos de violencia ejercidos en esa “toma inicial” por parte de la Prefectura Naval Argentina que culminó con el asesinato de Rafael Nahuel y las lesiones de Johana Colhuan y Gonzalo Coña causa que también se encuentra elevada a Juicio”.

“Menos aún se refiere a varios hechos de violencia que endilgaron a los miembros de la Lof Lafquen Winkul Mapu por diversos medios de comunicación y que luego fueron desacreditados por las investigaciones de los organismos de seguridad como lo fue el supuesto secuestro del autodenominado Vecino de Villa Mascardi Diego Frutos”, enfatizó Sánchez en la apelación para dejar sin efecto la resolución de Domínguez que denegó la excarcelación de las cuatro mujeres imputadas por las usurpaciones.


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