La Justicia dictó restricciones al presidente del Concejo Deliberante de Regina tras la denuncia de una concejal
La jueza del Juzgado de Familia determinó que los hechos denunciados configuran como actos de violencia de género y ordenó cursos obligatorios para el funcionario.
El Juzgado de Familia de Villa Regina emitió una resolución que dicta restricciones al presidente del Concejo Deliberante, Maximiliano Garré, quien deberá cumplir medidas inmediatas luego de que la jueza considerara que existen elementos de violencia de género en la denuncia presentada por la concejal opositora Nancy Nadia Illundayn.
La resolución, firmada por la jueza Claudia Vesprini, analizó el relato de la edil y concluyó que la situación descripta encuadra en los parámetros de la Ley 26.485, que prevé la protección integral de las mujeres frente a hechos de violencia en ámbitos laborales y de interacción cotidiana.
En su fundamentación, la magistrada citó fragmentos del testimonio de Illundayn que, según sostuvo, permiten inferir hostigamiento por parte del denunciado. Entre ellos, destacó pasajes donde la concejal describe gritos, insinuaciones y gestos que la hicieron temer una agresión física, además de la difusión de materiales audiovisuales que consideró «difamatorios».
A partir de ese análisis, la jueza ordenó la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia física, psicológica, emocional o simbólica hacia la concejal Illundayn. La medida incluye evitar episodios considerados perturbadores en espacios laborales, públicos o de circulación habitual.
La resolución detalla que también se consideran conductas prohibidas: «las llamadas telefónicas, los mensajes de textos, los mails, en horarios inapropiados o de manera insistente; la persecución, la intimidación; amenazas y vigilancia entre otros, como así también debe de abstenerse de realizar publicaciones en redes sociales tales como Facebook, Twitter, LinkedIn, o aplicaciones como Snapchat e Instagram y/o cualquier otra red social».
Además, el presidente del Concejo deberá realizar el curso virtual “Masculinidades”, disponible en el sitio del Poder Judicial de Río Negro, y presentar constancia de cumplimiento ante el Juzgado de Familia dentro de los plazos establecidos.
La jueza advirtió que cualquier incumplimiento de estas medidas implicará la comunicación inmediata a la Fiscalía por el delito de desobediencia judicial, previsto en el artículo 239 del Código Penal, que contempla penas de 15 días a un año de prisión.
El fallo también instruyó a las partes a adoptar las acciones necesarias para resguardar su integridad y recordó que, ante cualquier violación de las medidas, corresponde realizar la denuncia de forma inmediata en sede policial o judicial.
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