“Los deberes de funcionario público”
El funcionario público es aquella persona que participa accidental o permanentemente del ejercicio de las funciones públicas, ya sea por haber accedido al cargo mediante una elección popular o bien por disponer de un nombramiento o designación de autoridad competente. Se trata de la persona que debe llevar bajo su responsabilidad el cumplimiento de las misiones y funciones de un determinado organismo o dependencia a su cargo, cumpliendo y haciendo cumplir lo preceptuado en nuestras constituciones nacional y provincial. En ese sentido, el funcionario público está sujeto a ejercer diversos tipos de responsabilidades de carácter penal, civil, patrimonial, administrativo y disciplinario y quienes así no lo entiendan estarán sujetos a ser removidos inmediatamente de sus cargos y puestos a disposición de la Justicia. Esta obligación comprende a todos los funcionarios que presten funciones en los tres poderes del Estado en todos los niveles nacional, provincial y municipal. En esa instancia, son cuantiosas las presentaciones de ciudadanos elevadas a las autoridades y en la mayoría de los casos los reclamos no son considerados tales y hay olvido, inobservancia, inoperancia, indiferencia y, por qué no, desidia. Esta carta no está direccionada hacia ningún poder en particular sino que simplemente pretende concientizar a quienes ocupan los cargos públicos sobre la responsabilidad que ostenta su investidura y función y, además, subrayar la necesidad de dar respuesta inmediata a una ciudadanía expectante que aspira a la resolución de sus problemas mediante la intervención del Estado. Para tal cometido se debe mimetizar el funcionario con el organismo y vestir la camiseta del “Estado presente”, procurando brindar respuesta a los gobernados como una función inherente al cargo. Quienes no entiendan que un cargo público obligatoriamente debe ser asistido por una permanente y genuina vocación de servicio hacia los demás ineludiblemente habrán equivocado su camino en la práctica política. Por otra parte, en la actualidad existen innumerables ejemplos de incumplimiento u omisión de los deberes de funcionario público que no se relacionan con la respuesta inmediata que el Estado debe brindar a la ciudadanía. En este contexto, la Justicia no permanece exenta frente lo señalado, recordando que “la mujer del César no solamente debe serlo, sino parecerlo” y los jueces o magistrados en general no solamente deben ser probos y capaces y exhibir buena conducta, sino que deben acreditarlo demostrando diariamente su honorabilidad en el ámbito comunitario donde desempeñan sus actividades. La omisión de los deberes de funcionario público resulta frecuente y rutinaria y a veces los ciudadanos permanecemos impávidos cuando nuestros destinos dependen de terceros que no arriesgan o no aportan verdaderamente a la solución de los problemas. Por último, toda acción política, actividad social o comunitaria dispuesta por las autoridades superiores debe ser acompañada por los “funcionarios intermedios”, imprimiendo acción con fuerza, alma, corazón y vida y consustanciándose con la acción de gobierno, entendiendo que la medida dispuesta constituye la mejor solución para la cuestión planteada. Quienes así no lo conciban deberán dedicarse a otra actividad, porque la política demanda honestidad, capacidad, celeridad, transparencia, trabajo y dedicación y, si los funcionarios públicos no interpretan el mensaje, su renuncia debe estar a disposición de quien o quienes los hayan designado. Por último, “si desde la dependencia no se aporta una solución al problema, el funcionario pasa a ser parte del mismo”. Miguel Ángel Knecht DNI 14.727.625 Viedma
Miguel Ángel Knecht DNI 14.727.625 Viedma