Nueva propuesta para modificar las Asignacionales Familiares en Río Negro

La iniciativa fue presentada por los legisladores Marcelo Mango y Alejandro Marinao. Una propuesta similar hicieron en 2016 y 2018 pero no avanzó en las comisiones.

Los legisladores Marcelo Mango y Alejandro Marinao volvieron a la carga para pedir la modificación del régimen de Asignaciones Familiares que se abonan en la provincia de Río Negro.

Los parlamentarios del Frente de Todos retomaron una iniciativa que ya fue presentada en 2016 y 2018, junto a la Carina Pita; para que «los agentes y autoridades superiores de la administración pública provincial, recepten los nuevos de derechos consagrados en leyes de fondo como el Código Civil y Comercial sancionado hace más de cuatro años».

En el proyecto indican que «si durante los cuatro años de políticas neoliberales aplicadas por la administración Cambiemos nos pareció de estricta justicia y necesidad la defensa de los derechos sociales y en ese contexto presentamos el proyecto, las circunstancias que están viviendo todas las sociedades producto de la pandemia mundial suma un elemento crucial que nos convoca no ya a la preservación de los derechos sino por sobre todo a la defensa de la vida de toda la población».

«Las razones para volver a insistir con este proyecto son aún más necesarias y urgentes que cuando las presentamos en años anteriores sin tener la posibilidad de que hayan sido tomadas en cuenta por quiénes debían ponerlas a consideración».

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Los legisladores consideraron «necesario» que se modifique la Ley N° 4101 para equiparar las asignaciones provinciales a las nacionales «para garantizar iguales derechos a las niñas, niños y adolescentes que habiten en suelo rionegrino» y, además, «incorporar a la mencionada ley el reconocimiento a la asignación por cónyuge o conviviente o unión civil y la asignación por maternidad».

La iniciativa propone el pago de 5.417 pesos por matrimonio, 3.103 por prenatal, 3.618 por nacimiento, 21.646 por adopción, 3.103 por hijo, 10.111 por hijo con discapacidad, 3.468 por ayuda escolar anual por hijo o por hijo con discapacidad, 1.490 por cónyuge, conviviente o unión civil, y la asignación por Maternidad sera igual a la remuneración bruta de la trabajadora.

Además, establece que esos montos «en ningún caso serán inferiores a los que establezca la Administración Nacional para la Seguridad Social (ANSES) o el organismo que en futuro lo sustituya», mientras que tendrán derecho a percibir esas asignaciones los agentes y autoridades superiores «cuya retribución bruta sea igual o inferior a cinco veces el Salario Mínimo Vital y Móvil».


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