Nueve años de idas y vueltas en Tribunales
• El 17 de junio de 2006 Galar fue asesinado.
• En diciembre de 2007 el acusado, que entonces era menor de edad, fue declarado responsable del delito de “homicidio simple”.
• El 29 de julio de 2009 la Cámara Criminal Segunda condenó a Juan Díaz y a Leandro Serrano a tres años de prisión por la figura atenuada de “homicidio en riña”. Absolvió a otros dos acusados.
• El 29 de julio de 2011 la Sala Penal del TSJ cambió la calificación nuevamente a “homicidio simple”, ahora “agravado por la participación de un menor de edad” y elevó la pena a 10 años y 8 meses de prisión. La fiscalía había pedido 15 y la querella 17.
• En marzo de 2012 los dos condenados comenzaron a cumplir la pena.
• En octubre de 2013 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordena revisar el fallo de la Sala Penal del TSJ.
• En agosto de 2014 Díaz y Serrano fueron liberados, al entenderse que la condena no estaba en firme pues había una orden de revisarla.
• Tras una postergación, el 9 de diciembre de 2014 el Tribunal de Impugnación neuquino revisó el caso y el 23 de diciembre de 2014 anuló lo actuado por el TSJ y ratificó la primera condena atenuada.
• El 29 de junio de este año la Sala Penal del TSJ trató dos impugnaciones. La fiscalía pidió anular el último cambio de calificación, mientras que la defensa pidió que sean absueltos.
• Ayer, la Sala Penal del TSJ anuló lo hecho por el Tribunal de Impugnación y confirmó el fallo del mismo órgano de 2011, condenando a Díaz y Serrano a 10 años y 8 meses de cárcel.