Obligan a prepaga a cubrir el tratamiento de una paciente oncólogica de Cipolletti

La jueza de Familia Marissa Palacios falló a favor de la mujer que debe someterse a una novedosa intervención quirúrgica. La magistrada criticó a la obra social por los reparos que dispuso para la cobertura.

El fuero de Familia de Cipolletti hizo lugar al recurso de amparo que interpuso una joven de Cipolletti para que su prepaga garantice su tratamiento oncológico.

La mujer presentó dos acciones, primero para que le garantizara una radiocirugía y luego para la cobertura de los medicamentos paliativos. El segundo de los fallos consideró no solo la salud y la situación económica de la amparista sino el contexto de la pandemia por el Coronavirus.

La obra social Asociación Mutual Sancor Salud se negaba a autorizar una novedosa cirugía que los médicos estaban dispuestos a realizar en un centro de salud de Roca. La prepaga alegaba que se trataba era una práctica excluida de la cobertura.

Sin embargo, el profesional que trata a la joven aseguró que la radiocirugía era el único tratamiento que le queda por realizar para intentar terminar con la enfermedad y salvar su vida. En cambio una cirugía tradicional conlleva un elevado riesgo de muerte y consecuencias en la calidad de vida “que podrían ser denigrantes” para la paciente.

La mujer padece cáncer y tuvo que recibir un tratamiento complejo (operación a través de radiocirugía) cuando ya se había dispuesto al aislamiento social, preventivo y obligatorio por el Covid-19. Por eso los dos amparos tramitaron íntegramente digital a través de la Mesa de Entradas de Escritos Digitales (MEED) ante un juzgado de Familia de Cipolletti.

El primer fallo, que dictó la jueza de Familia Marissa Palacios, ordenó la cobertura inmediata de la radiocirugía sin emplear el sistema de reintegro y la mujer pudo ser operada. En medio la prepaga interpuso un recurso de apelación pero el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la sentencia.

En un segundo momento, la pareja de la joven tuvo que recurrir nuevamente al Poder Judicial porque la obra social pretendía cubrir la medicación oncológica solo al 50%.

La jueza criticó la postura de la obra social por los reparos que dispuso para el tratamiento de la mujer.  “No puedo más que reprochar la conducta asumida por la accionada, quien conforme sus propios dichos, conoce en forma concreta y acabada la difícil situación de salud y económica de la amparista; y sin perjuicio de ello, en un contexto de  extraordinaria situación mundial de pandemia, con las consecuencias que trae aparejada el ASPO dispuesto por DNU del Poder Ejecutivo Nacional;  la obliga a acudir ante la prestadora con innumerables y dificultosos reclamos de  prestaciones, debiendo buscar la respuesta a los efectos del real ejercicio de  sus derechos vulnerados por medio  de una decisión judicial”, dice esa segunda sentencia que impuso la cobertura al 100% de la medicación prescripta.

La MEED fue una de las primeras herramientas digitales que el STJ implementó para garantizar el servicio de justicia durante la cuarentena. Desde el 1 de agosto todos los fueros del Poder Judicial ya tienen expedientes íntegramente digitales, desde el inicio de la tramitación hasta la sentencia


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