Perpetua para el policía que mató a Braian
“La conducta de Salas fue innecesaria e irracional”, dijeron los jueces.
NEUQUÉN (AN).- Los jueces de la Cámara Criminal Nº 2 Florencia Martini, Fernando Zvilling y Héctor Dedominichi condenaron ayer por unanimidad a prisión perpetua al oficial de la policía provincial Claudio Salas, por encontrarlo responsable de haber dado muerto de un balazo en la nuca al adolescente Braian Hernández (14 años), la madrugada del 19 de diciembre del año pasado, en Cuenca XV.
Rechazaron todos los argumentos esgrimidos por los defensores que habían pedido la absolución, construidos a partir del concepto de la legítima defensa. Los jueces consideraron que la decisión de Salas de disparar, con el resultado muerte de Braian, fue “innecesario e irracional”.
La madre del joven, Elizabeth, se expresó conforme con la sentencia aunque reconoció que tuvo temor de que el fallo fuera otro. Acompañada de una nutrida manifestación caminó hasta Casa de Gobierno donde pidió la renuncia del ministro de Seguridad, Gabriel Gastaminza, y del jefe de la Policía, el comisario general Raúl Laserna. (Ver aparte).
“El punto a dilucidar es si la conducta de Salas se encuentra justificada en la causal de legítima defensa”, consignaron los jueces en la primera definición de la sentencia y de ahí hasta condenarlo por el delito de homicidio calificado se dedicaron a desbaratarlo.
Como se ha publicado, Salas se defendió diciendo que disparó contra la cupé Fuego en la que iban la víctima porque vio que lo apuntaban, desde el interior del rodado, con un arma. También sostuvo que vio un fogonazo y escuchó un disparo que, dijo, pudo confundir con el caño de escape.
Argumentó que abrió fuego porque al ver que apuntaban con un arma estuvo en peligro su vida y la de sus dos compañeros, con quienes se movilizaba en el patrullero.
“La conducta de Salas fue innecesaria e irracional por cuanto contaba con otros medios menos drásticos para repelerla procurando una menor lesividad: vida e integridad física de los ocupantes del vehículo que habrían evadido el control policial”, opinaron los magistrados.
Atento a que Salas y sus camaradas aludieron a la problemática juvenil en los barrios del oeste de la ciudad, destacaron que “la conflictividad social es conocida y no justifica de modo alguno el uso abusivo de las armas de fuego”.
En cuanto a que intentó “neutralizar” la agresión dijeron que “aún si le hubieran disparado a su compañera –Victoria Mardones– su reacción de disparar no hubiese podido neutralizar una agresión ya consumada”.
Añadieron que si pretendió disparar contra quien le tiró a su compañera, “la acción es injustificada por cuanto la agresión hipotética ya se habría consumado, careciendo de la actualidad que exigen las circunstancias objetivas de la legítima defensa”.
Señalaron que “no existieron indicios objetivos que le permitieran a Salas suponer la existencia de un disparo, de modo que justifique el accionar innecesario e irracional llevado a cabo que culminó con la ‘injusta muerte’ de un adolescente”.
Opinaron que “lejos de privilegiar la vida de terceras personas –Salas dijo que defendió a sus compañeros–, se desentendió de ello y los resultados fueron drásticos. No podrían haber sido otra la consecuencia del disparo de una pistola 9 mm., al interior de un vehículo que transportaba a varias personas”.
Cecilia Maletti