Al igual que con Lázaro Báez: más del 80% de las causas por evasión quedaron sin efecto por la Ley de Inocencia Fiscal

El informe de Manuel Adorni reveló que 5.445 expedientes del fuero penal económico fueron beneficiados por la actualización de los montos punibles que efectuó el Gobierno.

Redacción

Por Redacción

La entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal generó un verdadero sismo en el fuero penal económico nacional. La nueva normativa impulsada por el Gobierno elevó y flexibilizó los umbrales monetarios para perseguir delitos tributarios, lo que provocó que el 81% de las causas por evasión que se tramitaban en la Justicia quedaran sin efecto.

Según los datos oficiales que se desprenden del informe de gestión del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, elaborado sobre la base de información del Ministerio de Economía, la reforma impactó sobre un total de 6.750 causas en trámite al momento de sancionarse la Ley 27.799 (vigente desde el 2 de enero).

Dentro de ese universo total, hubo 5.445 expedientes que registraban montos que ya no superan las nuevas condiciones de punibilidad, de acuerdo a lo consignado por La Nación.


El sobreseimiento parcial de Lázaro Báez, el caso más reconocido


Uno de los casos que mayor repercusión generó tras la aplicación de esta ley fue el del empresario santacruceño Lázaro Báez. El Tribunal Oral Económico N°3 dictó su sobreseimiento parcial aplicándole el beneficio de la Ley de Inocencia Fiscal.

En esa causa en particular, a la firma Austral Construcciones se le reclamaba el pago de IVA y Ganancias por los períodos correspondientes entre 2010 y 2014. Tras la actualización de los montos, se comprobó que solo en uno de esos años el dinero evadido logró superar el nuevo piso de $100 millones que prevé la legislación actual.


El efecto de la inflación en los casos por evasión fiscal


La explicación estructural detrás de esta caída masiva de expedientes es el brutal impacto de la inflación acumulada. Hasta antes de la sanción de esta ley, las cifras para considerar un delito tributario estaban congeladas desde el año 2017, período desde el cual el Índice de Precios al Consumidor (IPC) trepó un 8501%.

El salto en los nuevos umbrales para la persecución penal fue exponencial:

  • Evasión simple:el delito pasó de estar fijado en $1,5 millones por tributo y por ejercicio, a un nuevo piso de $100 millones.
  • Evasión agravada: el límite se corrió drásticamente de los $15 millones anteriores a $1.000 millones.
  • Retención indebida (Seguridad Social): el aumento pasó de $100.000 por mes a $3,5 millones mensuales.
  • Retención indebida (Tributos): el monto saltó de $100.000 mensuales a $10 millones por mes.

Para hacer efectivos estos beneficios sobre las más de 5.000 causas, entró en juego la Instrucción General 01/26 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la cual dispuso directamente que los expedientes que quedaran por debajo de los nuevos umbrales no debían ser impulsados.

A su vez, los abogados defensores presentaron escritos, y muchos jueces actuaron de oficio cerrando los expedientes amparados en fallos históricos de la Corte Suprema (como los casos «Palero» o «Vidal»), que dictaminan que la elevación de montos debe aplicarse retroactivamente.

Desde el ámbito legal, los especialistas aseguran que el sistema anterior resultaba inviable. Diego Fraga, abogado tributarista, señaló a La Nación que durante años el Estado persiguió a contribuyentes por montos que hoy la propia ley considera «insignificantes».

Fraga argumentó que tanto ARCA como el Poder Judicial consumieron recursos humanos y presupuestarios en casos que nunca debieron llegar a la instancia penal, ya que el costo de investigar, procesar y litigar supera largamente el monto evadido en la mayoría de los casos beneficiados.

A pesar de que en términos nominales estos delitos quedaron impunes, como advirtió el especialista en derecho penal económico Enrique Condorelli, la nueva legislación prevé una cláusula cerrojo hacia el futuro: a partir de enero de 2027, todos los umbrales para delitos tributarios y multas formales se ajustarán automáticamente por UVA, impidiendo que la inflación vuelva a licuar las penas. Y en el caso particular de Lázaro Báez y otros perfiles similares, cabe destacar que las causas paralelas vinculadas al lavado de activos continúan su curso de manera independiente.


La entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal generó un verdadero sismo en el fuero penal económico nacional. La nueva normativa impulsada por el Gobierno elevó y flexibilizó los umbrales monetarios para perseguir delitos tributarios, lo que provocó que el 81% de las causas por evasión que se tramitaban en la Justicia quedaran sin efecto.

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