Saldrán a controlar los ruidos molestos y prometen multas a incumplidores en Cutral Co
Las motos y autos con escapes libres y los salones de fiestas sin la adecuada insonorización serán multados.
Para implementar la ordenanza que sanciona a quienes produzcan ruidos molestos y vibraciones en Cutral Co, el cuerpo de inspectores municipales se capacitó en el uso de los instrumentos de medición. La norma prevé multas elevadas para quienes la incumplan y figuran no solo los escapes libres de vehículos, sino los parlantes de música a niveles elevados, en las propaladoras y las ventas ambulantes, entre otros.
Después de sancionada la ordenanza 2922 a fines de abril, la cuadrilla de inspectores municipales que dependen de la dirección de Saneamiento Ambiental, en la órbita de la secretaría de Control Urbano se capacitó en el uso del instrumental específico que permitirá medir y evaluar los ruidos en los entornos urbanos. El municipio dispuso de la adquisición de los decibelímetros que se utilizarán para las mediciones.
En la ordenanza que fue aprobada de manera unánime por las y los concejales se estableció con qué instrumental se deberá medir; si es en el exterior o en el interior; a qué altura y distancia del suelo y las paredes; las condiciones climáticas, entre otros factores.
Se definió además que, para ponderar el ruido presuntamente causante de una molestia, se debe medir en forma continua durante 15 minutos. Se descartará cualquier ruido ocasional que surja durante la medición y que no pertenezca a la fuente emisora.
Se dejaron estipulados los valores límites del nivel sonoro según tipos de zonas: hospitalaria, rural, residencial y a su vez si es de día, de noche, y el período de descanso. Si es suburbana, industrial, centro comercial, entre otras.

Los escapes libres y los parlantes de vendedores ambulantes
Se fijaron los límites de ruido ambiental para una zona residencial urbana, Tipo 3 con los horarios, según se trate de días de semana o fines de semana. De lunes a viernes de 8 a 22, son 55 Decibeles los permitidos; en el horario de la siesta de 14 a 17, se reduce a 45 Decibeles al igual que en el horario nocturno.
Los sábados se admiten hasta 65 Decibeles, flexibilidad dada a partir de la mayor actividad social. Mientras que el domingo, se limita a 55 y 45 en el caso de la noche.
Aunque la norma especifica qué debe cumplirse para el caso de locales comerciales, se hace hincapié en aquellos que son destinados a salones de fiesta, pubs, cervecerías, confiterías, bares y establecimientos de diversión.
Entre los requisitos figura que tienen que tener ventilación mecánica exclusivamente, es decir que no se puede abrir puertas y ventanas para ventilar de manera natural porque saldrá el ruido. Este tipo de comercios que estén en la zona residencial urbana no podrán exceder los 65 Decibeles.
El Deliberante reguló también a los establecimientos donde se practiquen actividades deportivas (canchas de padel, de fútbol, de basquet). «Cuando se practiquen juegos de pelota con límite en muros medianeros se adoptarán sistemas que eviten que el impacto sobre las paredes genere ruidos que trasciendan», se aclaró.
Tampoco se podrá contar con ménsulas o apoyos en actividades deportivas o gimnásticas que por sus características de peso transmiten ruidos o vibraciones a propiedades linderas. Las iglesias y templos deberán avenirse a lo reglado.
Un artículo especial se redactó para el caso de los escapes libres. En los vehículos -autos o motos- que tengan escapes está prohibida su modificación o cambio que no sean los originales y que puedan generar además de los ruidos molestos, los gases contaminantes.
Se considerarán ruidos molestos que superen los 80 Decibeles los altavoces, en horarios no permitidos en la vía pública; las ofertas de mercaderías y ventas por pregón a través de amplificadores. Los vehículos que no utilicen silenciadores o escape; las bocinas estridentes para la reproducción de sonidos; la reparación de motores en la vía pública; el uso de radios, televisores, reproductores de sonido en medios de transporte, calles, paseos, lugares y establecimientos públicos.
Entre las excepciones figuran los ruidos que generen las máquinas por las obras públicas. Se especificó que los locales comerciales deben adecuar sus instalaciones, son los paneles de insonorización u otro tipo de elemento que impida la molestia del sonido a los vecinos.
Las personas que se vean afectadas por este tipo de ruidos molestos pueden realizar sus denuncias ante el número que se habilitará en Saneamiento Ambiental.
Para implementar la ordenanza que sanciona a quienes produzcan ruidos molestos y vibraciones en Cutral Co, el cuerpo de inspectores municipales se capacitó en el uso de los instrumentos de medición. La norma prevé multas elevadas para quienes la incumplan y figuran no solo los escapes libres de vehículos, sino los parlantes de música a niveles elevados, en las propaladoras y las ventas ambulantes, entre otros.
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