Fuerza Rionegrina y Federal presentó casi 3.000 afiliaciones y avanza hacia su reconocimiento definitivo

La agrupación política presentó ante la Justicia Federal con competencia electoral un total de 2.916 fichas de afiliación, 454 más que el mínimo exigido para esta etapa. Ahora, la documentación deberá ser revisada para determinar cuántas afiliaciones cumplen con los requisitos legales.

Por Redacción

Fuerza Rionegrina y Federal presentó las afiliaciones y avanzó hacia su reconocimiento definitivo.

Fuerza Rionegrina y Federal dio un nuevo paso en su proceso de constitución partidaria en Río Negro al presentar 2.916 fichas de afiliación ante la Justicia Electoral. La cifra supera en un 18,4% el piso de 2.462 adhesiones requerido para avanzar hacia la obtención de la personería jurídica definitiva.

La documentación fue entregada mediante dos escritos presentados por el apoderado de la agrupación, Estanislao M. López, en el expediente correspondiente al padrón de afiliados.

El primer escrito incluye 2.636 afiliaciones distribuidas en 30 lotes, mientras que el segundo incorpora otras 280, organizadas en tres lotes adicionales. Cada conjunto cuenta con su respectiva planilla, número identificatorio y código de seguridad para facilitar el control.

Además, la presentación incluye las fichas suscritas y certificadas, junto con las copias de los documentos de identidad correspondientes.

Qué requisitos debe cumplir para obtener la personería definitiva


El trámite da continuidad al proceso iniciado el 18 de septiembre, cuando Fuerza Rionegrina y Federal obtuvo el reconocimiento provisorio. A partir de esa instancia, la agrupación quedó habilitada para reunir y acreditar las afiliaciones necesarias para avanzar hacia su reconocimiento definitivo.

El procedimiento está contemplado en el artículo 7 bis de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298. La norma establece que las agrupaciones en formación deben acreditar, dentro de un plazo de 150 días, una cantidad de afiliados equivalente al cuatro por mil del padrón electoral del distrito, con el límite previsto por la legislación.

Para este caso, el mínimo informado es de 2.462 afiliaciones. Sin embargo, la presentación de las fichas no implica por sí misma la obtención de la personería definitiva: la Justicia Electoral deberá verificar la documentación y establecer cuántas afiliaciones resultan válidas para el cómputo.

La legislación también exige que las agrupaciones realicen elecciones internas para constituir sus autoridades definitivas dentro de un plazo de 180 días.


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