Pensión vitalicia de Cristina Kirchner: la Justicia ordenó restituirla y el Gobierno de Javier Milei irá a la Corte

La Cámara Federal de la Seguridad Social dispuso restablecer de forma provisoria la pensión vitalicia de Cristina Fernández de Kirchner como viuda de Néstor Kirchner. El Ministerio de Capital Humano confirmó que presentará un recurso federal extraordinario ante la Anses para frenar la medida.

Por Redacción

La expresidenta Cristina Kirchner.

La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó restituir de manera provisoria la pensión vitalicia que percibía la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner como viuda de Néstor Kirchner y suspendió los efectos de la resolución que la había dado de baja. La medida regirá mientras avance el juicio principal contra la Anses.

Según publicó Infobae, fuentes del Ministerio de Capital Humano, que conduce Sandra Pettovello, anticiparon que se presentará un recurso federal extraordinario a través del equipo de Legales de la Anses para intentar frenar la restitución del beneficio previsional.

Qué resolvió la Cámara Federal sobre la pensión vitalicia y la Anses


La decisión fue adoptada por la Sala III en el expediente “Fernández Cristina Elisabet c/ ANSES s/ Nulidad de acto administrativo”. El tribunal hizo lugar parcialmente al recurso de apelación contra el rechazo de una medida cautelar en primera instancia.

La medida cautelar regirá mientras avance el juicio contra la Anses. Foto: Gentileza NA.

El juez Sebastián Russo sostuvo que debía otorgarse “prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo”.

La resolución cuestionada es la 2024-1092-ANSES, mediante la cual el organismo dispuso la baja del beneficio de asignación mensual vitalicia N° 40-5-8085213-0, reconocido en su carácter de “causahabiente” del expresidente fallecido en 2010.

Russo señaló que “el acto administrativo cuestionado no exhibe, en esta etapa inicial, un nexo causal claro y suficiente entre los motivos invocados y la baja del beneficio de pensión cuya rehabilitación se pretende”.

El alcance de la cautelar y el impacto en la condena por Vialidad


Sobre el peligro en la demora, el magistrado indicó que “la suspensión del beneficio priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria, circunstancia que resulta idónea para generar un perjuicio actual y de difícil reparación ulterior”.

La Sala III resolvió “hacer lugar parcialmente” al recurso y “suspender los efectos de la resolución 2024-1092-ANSES, en relación al beneficio derivado del fallecimiento de quien en vida fuera su esposo, mientras dure la sustanciación del presente juicio”.

El juez Juan Fantini Albarenque adhirió al voto de Russo. La jueza Nora Dorado no firmó la sentencia por encontrarse de licencia, según consta en el fallo al que accedió Infobae.

La Cámara aclaró que la suspensión cautelar no interfiere con lo que pueda resolver el juez competente en materia de ejecución penal respecto del artículo 19 del Código Penal. La discusión sobre la validez de la baja dispuesta por la Anses se definirá en la sentencia definitiva del proceso principal.


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