Reforma laboral: qué cambia en vacaciones, despidos y banco de horas si se aprueba la ley
La reforma laboral que se debate en Diputados introduce cambios en el régimen de vacaciones, el cálculo de indemnizaciones y la compensación de horas de trabajo, además de crear un Fondo de Asistencia Laboral para afrontar despidos. El proyecto aún puede ser modificado antes de su sanción definitiva.
La reforma laboral que ya obtuvo media sanción en el Senado y se encuentra en pleno debate en la Cámara de Diputados introduce modificaciones en aspectos centrales de la vida laboral, como el régimen de vacaciones, el cálculo de indemnizaciones por despido y la implementación de un banco de horas. El texto aún puede ser modificado en Diputados y, de ocurrir, deberá regresar al Senado para su sanción definitiva.
Reforma laboral: los cambios en vacaciones, despidos y banco de horas
Según la propuesta original, las vacaciones deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque empleadores y trabajadores podrán acordar fechas fuera de ese período. La notificación deberá realizarse por escrito con al menos 30 días de anticipación, salvo que un convenio colectivo establezca otro plazo.
El proyecto también habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo sea de al menos siete días corridos. Además, si las licencias se organizan de manera no simultánea entre distintos sectores de una empresa, el empleador deberá garantizar que cada trabajador tenga vacaciones en temporada de verano al menos una vez cada tres años.
El proyecto mantiene el esquema vigente de indemnización equivalente a un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses.
Sin embargo, introduce un cambio clave: quedan excluidos del cálculo los conceptos no mensuales, como el aguinaldo y premios extraordinarios. En caso de fallecimiento del trabajador, los beneficiarios legales tendrán derecho a percibir la misma indemnización que en un despido.
La iniciativa también permite el pago en cuotas de indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas.
El texto habilita la implementación de un banco de horas mediante acuerdos escritos entre empleador y trabajador, con registro obligatorio y límites precisos. El sistema permite compensar horas extra con francos o jornadas más cortas en otros días, siempre respetando los descansos mínimos y el máximo semanal legal o el establecido por convenio colectivo.
El Gobierno decidió retirar del proyecto el artículo que modificaba el régimen de licencias por enfermedades inculpables. Por lo tanto, continúa vigente el esquema actual de la Ley de Contrato de Trabajo.
Por último, la reforma propone la creación del Fondo de Asistencia Laboral, un mecanismo para afrontar indemnizaciones de trabajadores registrados con al menos un año de antigüedad. Las empresas deberán realizar aportes mensuales a cuentas administradas por entidades habilitadas, destinadas exclusivamente a cubrir obligaciones laborales en caso de despido.
Los fondos serán inembargables y estarán exentos de impuestos, aunque si resultan insuficientes, el empleador deberá completar el pago.
Con información de Infobae
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