Río Negro definió los adicionales para médicos y profesionales de salud por “función crítica”

La suma es mensual, no remunerativa y no bonificable. Hay escalas según el trabajador hospitalario y la complejidad del centro médico.

Por Adrian Pecollo y Soledad Maradona

El ministerio de Salud de Río Negro reglamentó los adicionales por “función crítica” para médicos y profesionales no médicos de la Ley 1904 que integran la red de hospitales de la provincia.

El aporte mensual, no bonificable y no remunerativo era un compromiso del ministro Demetrio Thalasselis luego de imponer en febrero un tope a las horas extras, que generó malestar en los hospitales y obligó a una revisión de casos para no generar la afectación de los servicios.

El adicional por especialidad de alto impacto llegará a los médicos y profesionales no médicos que realicen guardias activas en servicios críticos y donde exista un déficit de recursos humanos en especialidades consideradas prioritarias. También podrá ser otorgado a quienes realicen prácticas quirúrgicas priorizadas.

Una suma fija que llega a 1,5 millones de pesos


Para los médicos de hospitales complejidad VI (corresponde a las ciudades más grandes) el adicional será de 1,5 millones de pesos y de 750.000 pesos los profesionales no médicos, aunque el decreto no establece con precisiones quiénes serán los beneficiarios.

Se fija además que en hospitales complejidad IV los médicos y profesionales tendrán un adicional equivalente al 60% de sus pares de los principales centros de salud.

El ministerio se reserva la definición de “los criterios sanitarios y el procedimiento para la cobertura ampliada de las atenciones”.

Buscan retener e incorporar profesionales con los adicionales


Según el decreto 386/26 publicado en el Boletín Oficial esta semana, el artículo 34 de la Ley 1.904 creó los adicionales por función crítica para el personal del sistema público de salud, entre los cuales se encuentran la especialidad de alto impacto y la prestación hospitalaria especial, que no fueron incluidos en el reglamento parcial definido en 2013.

En los fundamentos, Salud remarcó que “existen déficits demostrados de recursos humanos en especialidades consideradas prioritarias” por eso es “necesario implementar mecanismos retributivos específicos que permitan la retención e incorporación de profesionales médicos y no médicos en el sistema público provincial de salud”.

Salud prepara un segundo decreto de adicionales


En tanto, Salud elabora un segundo decreto, que se concentra puntualmente en los adicionales de la Ley 1844 (administración pública). Esa norma todavía está en confección y se destinará a la regularización del organigrama, con la fijación de valores por funciones.

Esas labores actualmente se compensan con horas extras, que presentan un inconveniente ya que Salud dispuso topes de liquidaciones y los directores quedaron obligados a la revisión de sus asignaciones.
El decreto creará el adicional y fijará montos para las diferentes funciones y cargos jerárquicos en los hospitales aunque, después, el ministro de Salud deberá reglamentar para precisar características y alcances del esquema de la organización.


El ministerio de Salud de Río Negro reglamentó los adicionales por “función crítica” para médicos y profesionales no médicos de la Ley 1904 que integran la red de hospitales de la provincia.

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