Procesaron a Héctor González por “lesiones graves”
La justicia determinó que le provocó las heridas en el rostro a Carlos Relmuan, quien murió dos días después del hecho.
Judiciales
Procesamiento con prisión preventiva para Héctor Daniel González, imputado de provocar “lesiones graves” en el rostro de Carlos Relmuan, quien luego perdió la vida producto de esos golpes recibidos en el marco de una pelea.
Según los testimonios y las pruebas reunidas en la causa, el juez penal de esta capital Favio Igoldi le imputó a González haber sido quien antes de las 22.30 del 31 del mes pasado, en la intersección de Bolivia y Ecuador del barrio Zatti, habría agredido a Relmuan a golpes de puño y con un trozo de cemento compacto en el rostro, ocasionándole distintas lesiones que a los dos días le causaron la muerte.
Consideró el magistrado que “este nexo de causalidad (entre la acción del imputado y las lesiones en el cuerpo de la víctima que luego le provocaron el deceso) no resulta suficiente para atribuirle al imputado jurídicamente o reprocharle el resultado muerte, ello en función de la conducta desarrollada por la propia víctima luego del suceso investigado”. En este sentido el juez describió que luego de esa pelea Relmuan concurrióal hospital Zatti acompañado por unos amigos pero se retiró “sin dejarse atender ahí o en su vivienda luego.”
En base a testimonios, Igoldi pudo establecer que entre el procesado y la víctima existía un conflicto previo que habría motivado el enfretamiento en torno a la actual relación sentimental de González con la exmujer de Relmuan.
Respecto del hecho reconstruyó que aquella noche la víctima se encontraba acompañado de otro hombre y luego de haberse cruzado con González quedaron frente a frente en la plaza de Ecuador y Bolivia
Relmuán descendió del auto y siguió a González, quien cuando la víctima se le acercó le respondió con un golpe en el rostro con una piedra, lo que motivó que Reumuan se fuera hacia adelante, perdiera el equilibrio y cayera al piso para luego intentar incorporarse sin lograrlo al ser golpeado nuevamente por el procesado con la misma piedra y patadas en el cuerpo.
Igoldi agregó que la lesión en la cabeza de Relmuán, verificada en la autopsia, es el resultado de la agresión de Gonzalez, ello dado a la utilización de un elemento contundente sobre una parte fragil o vulnerable del cuerpo de la víctima.
“No existe un solo indicio que fuera otra la circunstancia que motivara el agravio en la integridad física de Relmuán, quedando también claro -a la luz del informe médico referenciado- que las lesiones causadas por Gonzalez -particularmente las que le causan la hemorragia- fueran las que ocasionaron la muerte de la víctima”, consignó Igoldi.
Tuvo en cuenta también lo informado por el Cuerpo Médico Forense en el sentido que no aseguró que la muerte hubiera sido inevitable aunque Relmuan hubiera recibido atención médica inmediata, “lo que me imposibilitan reprocharle a Gonzalez el resultado muerte”.
Sobre la incidencia de la conducta de la victima (no atenderse e irse del hospital) en el resultado muerte, aquel organismo concluyó que “…Relmuán padeció un traumatismo cráneo encefálico con fractura y hundimiento del hueso temporal izquierdo, fractura de la base de cráneo en sus fosas media y anterior izquierda, compromiso vascular (hemorragia cerebral) y parenquimatoso cerebral. Estas lesiones per se son de una gravedad médica extrema que llevan a una seria incapacidad o muerte. La atención médica inmediata siempre es aconsejable, sobre todo con traumatismos como el que padeció Relmuán. De todos modos es imposible determinar el resultado de tal intervención, lo cierto es que lesiones severas como la señalada llevan a una incapacidad muy grave o a la muerte con o sin asistencia médica…”.
DeViedma