Rebajan la pena a mujer que mató a la hija

La habían condenado a perpetua. El TSJ dijo que mediaron circunstancias extraordinarias de atenuación. La nueva condena deberá ser de ocho a 25 años. El caso ocurrió en Zapala.

Por Redacción

Archivo

NEUQUÉN (AN).- La sala penal del Tribunal Superior de Justicia dispuso que se le rebaje la condena a una mujer que fue juzgada por el homicidio de su hija recién nacida. En un fallo emitido ayer los jueces dijeron que hubo “circunstancias extraordinarias de atenuación” porque cometió el crimen “inserta en un estado puerperal”. La mujer, María Haydée Sifuentes, de 20 años, había sido condenada por la Cámara de Zapala a prisión perpetua. Con la nueva calificación le aplicarán entre 8 y 25 años. Por falta de antecedentes y las circunstancias extraordinarias del hecho, es probable que la nueva condena se fije más cerca del mínimo que del máximo de la escala. El hecho ocurrió el 26 de noviembre de 2008 en Zapala, y se descubrió porque después del parto la joven concurrió al hospital debido a una severa hemorragia. Sifuentes es madre de otra niña. El padre las abandonó a ambas, y estaban por reconciliarse cuando el hombre se enteró de que ella estaba embarazada. “Hacé lo que quieras, yo no me voy a hacer cargo, y pensá cómo vas a hacer para criarla, vos que ganás poco”, le dijo el sujeto. Con su madre, Sifuentes tampoco tenía una buena relación, y le temía. Ante este cuadro, uno de los psicólogos que examinó a la joven concluyó que “en situaciones de fuerte estrés emocional, y donde la respuesta de los estímulos del medio no es obvia ni cotidiana, puede llegar a tener conductas inapropiadas”. La vocal Graciela Martínez de Corvalán, autora del fallo con la adhesión de Guillermo Labate, señaló en base a testimonios médicos que la joven “no registraba su estado de preñez”. No se hizo ningún control del embarazo y ni siquiera sabía la fecha de parto. Tan es así que ese día fue a trabajar en tareas de limpieza como cualquier otro y el nacimiento la sorprendió en el baño de su casa. Corvalán citó el voto del ministro de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda en el caso Tejerina, en lo relativo al estado puerperal: “las mujeres que padecen este tipo de desorden mental sufren algo así como un ‘síndrome del silencio’, como derivación de la consabida depresión posparto, debido al temor de la mujer de exponer sus sentimientos negativos hacia la criatura por ser contrario al rol social aceptado de madre, impidiendo así un diagnóstico preventivo para enderezar la enfermedad de la mujer”. La jueza Corvalán dijo que no se puede descartar que haya actuado influida por el estado puerperal. También tuvo en cuenta “la descomunal severidad punitiva para estas singulares causas judiciales” (prisión perpetua).