Anses: por qué el pago de jubilaciones y pensiones en abril 2024 se dividirá en dos tramos

La Anses explicó que "desdoblará" el cronograma de este mes para "no demorar" el acceso a los haberes.

El Gobierno Nacional oficializó una nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones. Desde julio se actualizarán mensualmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec.

En la transición de una fórmula a la otra, en abril 2024 los jubilados y pensionados recibirán un incremento de 12,5%. También se adicionará el 13% correspondiente al IPC de febrero a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024, explicó la Anses.

De esta manera, la jubilación mínima de abril será de más de 170 mil pesos. A ese monto se le adicionara el pago de un bono de 70 mil pesos. En consecuencia, la jubilación mínima en el mes de abril superará los 240 mil pesos.

Por otra parte, la PUAM ascenderá a más de 130 mil pesos, a lo que se adicionará un bono de 70 mil pesos, quedando en unos 200 mil pesos. Por su parte las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en casi 120 mil pesos por lo que, sumado al bono de 70 mil pesos, cobrarán más de 180 mil pesos.

«Esta reciente modificación de la movilidad y sus consecuentes adelantos, generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes», detalló el organismo.

En consecuencia, habrá una primera liquidación correspondiente al haber de abril 2024 y una segunda liquidación, dentro del mismo mes de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de 70 mil pesos.

Próximamente, se informarán los calendarios del pago del aumento y del bono, explicó la Anses.

El primer tramo del calendario de Anses para abril 2024


Pensiones No Contributivas
Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de abril.
Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de abril.
Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de abril.
Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 8 de abril.
Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 9 de abril.

Jubilaciones con haber mínimo
Documentos terminados en 0: a partir del 10 de abril.
Documentos terminados en 1: a partir del 11 de abril.
Documentos terminados en 2: a partir del 12 de abril.
Documentos terminados en 3: a partir del 15 de abril.
Documentos terminados en 4: a partir del 16 de abril.
Documentos terminados en 5: a partir del 17 de abril.
Documentos terminados en 6: a partir del 18 de abril.
Documentos terminados en 7: a partir del 19 de abril.
Documentos terminados en 8: a partir del 22 de abril.
Documentos terminados en 9: a partir del 23 de abril.

Jubilaciones que superan el haber mínimo
Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril.
Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de abril.
Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de abril.
Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril.
Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril.


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