Empleadas domésticas: Cómo gestionar la obra social

Las empleadas domésticas registradas pueden acceder a una obra social, de acuerdo a sus condiciones salariales. Conocé los detalles respecto de su elección.

Las empleadas domésticas registradas tienen acceso a una obra social, que debe garantizar atención médica, internación y medicamentos en el servicio básico. Se trata de un aporte que se discrimina sobre el recibo de sueldo de la trabajadora de casa particular, en acuerdo con el empleador.

Así, las empleadas domésticas pueden acceder a la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares, que se encuentra activa. Sin embargo, las trabajadoras pueden elegir inscribirse en otro servicio de salud, incluso pagando una cuota mayor para obtener un plan con más beneficios.

Cabe aclarar que la obra social la elige la empleada doméstica, no su empleador. En este caso, los aportes están a cargo de la trabajadora, y las contribuciones y la cuota de la ART están a cargo del empleador.

Esta decisión debe reflejarse en los aportes del recibo de sueldo, como un ítem identificado en el documento donde se registran los ingresos de la trabajadora de casa particular.

Empleadas domésticas: Qué pasa si mi pareja tiene obra social


En caso de que el empleador registre a la empleada doméstica, el decreto 806/2004 establece que deben unificarse automáticamente los aportes a una sola obra social en caso de que la trabajadora tenga pareja, en un plazo no mayor a 60 días.

Si la pareja de la empleada doméstica aporta a una obra social en la que registra mayor antigüedad como beneficiario, los aportes serán destinados a esta.

Sin embargo, después de la unificación ambos pueden manifestar su voluntad para dirigir sus aportes hacia la obra social que deseen, en forma conjunta.


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