Un caso de abuso quedó impune porque a la Fiscalía se le pasó el plazo

Se trata de un caso de abuso sexual simple de un tío contra dos sobrinas. Se tramitó bajo el antiguo sistema procesal penal y pasaron más de 4 años desde la citación a juicio. Al tribunal no le quedó otra alternativa que sobreseer al acusado.

Una causa por abusos sexuales simples en perjuicio de dos chicas, que se tramitó en Bariloche con el viejo sistema procesal penal, demoró demasiado. Por eso, cuando el imputado se sentó en el banquillo para ser juzgado, el defensor oficial Marcos Miguel advirtió al tribunal que la causa había prescrito.

Miguel sostuvo que desde la citación a juicio, en febrero de 2015, habían transcurrido más de 4 años, que es el plazo máximo de la pena prevista por el Código Penal para sancionar el delito de abuso sexual simple. El fiscal jefe Martín Lozada analizó en la audiencia el planteo del defensor y reconoció que tenía razón. Admitió que, efectivamente, la acción se encontraba prescrita desde el 18 de febrero pasado.

Los jueces Bernardo Campana, Emilio Riat y Sergio Pichetto concluyeron que como Lozada admitió la prescripción de la acción penal que había solicitado la defensa del acusado, el tribunal de juicio se encontraba impedido de dictar otra sentencia distinta al sobreseimiento. Los jueces invocaron jurisprudencia para fundamentar su decisión. El fallo se dictó el 16 de octubre pasado. La sentencia trascendió recién hace pocos días.

“Río Negro” consultó en el Ministerio Público Fiscal por este caso. Explicaron que hubo “una serie de desaciertos” en la causa, pero no abundaron en detalles. Además, recordaron que hubo varias suspensiones del juicio por cambios de defensores, fiscales y jueces, que contribuyeron a prolongar los plazos hasta la prescripción. Y aseguraron que dieron las explicaciones sobre lo que había pasado a las víctimas.

En la sentencia se consignó que el exfiscal Eduardo Fernández optó por atribuirle al imputado el delito de abuso sexual simple, sin ningún agravante. Los hechos denunciados habían ocurrido presuntamente en el periodo comprendido entre enero de 2002 y enero del 2013, en un domicilio de esta ciudad.

El acusado -tío de las niñas- había abusado presuntamente desde que las dos hermanas tenían 8 años. Según la acusación fiscal, el hombre las amenazaba para que las chicas no le revelaran a su madre lo que pasaba.

La imputación consignaba que el hombre las tocaba en sus partes íntimas y además las obligaba presuntamente a observar pornografía con él. Los jueces en el fallo -al que tuvo acceso “Río Negro”- constataron que la citación a juicio se hizo el 18 de febrero de 2015 y pasaron más de 4 años, pena máxima que le podría corresponder al acusado.


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