Con condiciones, Bariloche vuelve a eximir del trabajo presencial a los municipales con hijos

La medida rige para padres o tutores de niños menores de 12 años o con discapacidad. Deben completar una declaración jurada.

Después de un verano con presencialidad en los puestos de trabajo para todos los empleados municipales de Bariloche, a excepción del personal de riesgo, el intendente Gustavo Gennuso volvió a dispensar de la presencialidad a los trabajadores con hijos en edad escolar o personas con discapacidad a su cargo, pero con condiciones.

Los trabajadores municipales con hijos escolarizados fueron eximidos de cumplir tareas presenciales en la Municipalidad de Bariloche el año pasado, durante la pandemia, sin embargo, a mediados de diciembre el intendente decidió cancelar este permiso y ordenó el regreso a las oficinas.

Esa decisión le valió la queja del sindicato de los municipales Soyem que interpuso un recurso para anularla aunque el Gobierno lo descartó.

Ahora, a tres semanas del inicio del ciclo lectivo 2021, Gennuso volvió a firmar una resolución en la que dispensa a los empleados que tengan hijos menores de 12 años o con discapacidad que hayan comenzado las clases. Pero esa excepción no será lineal ya que cada trabajador deberá completar una declaración jurada e informar el cronograma y modalidad de clases de sus hijos para que se establezca un “plan de trabajo semi presencial y/o remoto”.

En el anexo que incorpora la resolución 570/20 firmada ayer por el intendente, se aclara que la dispensa puede ser parcial o total y que será la Dirección de Recursos Humanos la encargada de analizar cada situación y aprobar o no la autorización de la dispensa de asistencia.

Entre los datos que el trabajador debe aportar, además del cronograma de clase de sus hijos, se suma la información del lugar de trabajo de su cónyuge, padre, madre o tutor del niño, y una justificación que indique la imposibilidad de asistir de manera total o parcial a su lugar de trabajo por ser la única persona del grupo familiar que puede encargarse del cuidado de sus hijos.

También aclara la nueva normativa que el personal que tenga la dispensa deberá cumplir sus tareas de manera remota y “podrá ser convocado a contra turno, a efectos de cumplir con las necesidades del servicio”.

En caso de tratarse de matrimonios o parejas ambos empleados municipales, los dos trabajadores deberán completar el formulario exigido y coordinar con sus jefes de área un cronograma de trabajo.


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