Confirman condena a comerciante de Bariloche por abuso sexual
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia confirmó la pena de un año de prisión en suspenso que la Cámara Primera del Crimen le había aplicado a un comerciante acusado de manosear a una menor de edad. El máximo organismo judicial también ratificó el rechazo al beneficio de la suspensión del juicio a prueba que había solicitado el imputado. A juicio de los magistrados, en ocasiones la probation “obsta a la efectiva dilucidación o persecución de hechos que constituirían un delito”, y favorecería la impunidad. En ese sentido, el STJ respaldó la decisión del fiscal de no conceder el beneficio en cuestiones de violencia de género y contra menores. El hecho que le adjudicaron a Rolf Leo Geczynski Winzer se produjo a las 19:15 del 25 de septiembre de 2008 en el jardín de la casa de té de su propiedad, cuando habría abusado sexualmente de una nena de 6 años con tocamientos en sus partes íntimas. La madre de la menor realizó la denuncia y el 8 de octubre de 2008, al entender que existían “elementos claros y concordantes para considerarlo presunto autor del delito de abuso sexual simple”, el juez Miguel Ángel Gaimaro Pozzi procesó al comerciante. Los reiterados ofrecimientos del acusado para dar una reparación económica o cumplir pautas de conducta fueron rechazados por la madre de la niña, quien apuntó a que le apliquen una condena, al menos de cumplimiento condicional. Antes de la audiencia y al conocer la nueva solicitud y una oferta de reparación económica, la madre de la menor rechazó cualquier ofrecimiento de dinero “porque sería como prostituir a mi hija”. Al condenar al acusado, los jueces se preguntaron: “¿Puede el dinero compensar el daño que se ocasiona en un hijo menor abusado? Y así, ¿puede un imputado, sin la conformidad de la víctima o de sus representantes salvar su situación con el pago de una suma de dinero? Ahora el STJ confirmó que no y ratificó aquella decisión.