Cuánto cobran los petroleros según el nuevo acuerdo salarial, rubro por rubro

Los trabajadores de los yacimientos consiguieron una suba que evita la pérdida de poder adquisitivo de sus salarios, y que ya fue homologado. En cuánto se incrementan los básicos y adicionales, y cómo se calcula la gratificación extraordinaria.

Redacción

Por Redacción

Por Cr. Gonzalo Gutiérrez (CHINNI, SELEME, BUGNER Y ASOC.)

Los principales sindicatos y cámaras empresarias de la actividad petrolera arribaron a un acuerdo de recomposición salarial de sus trabajadores, lo cual lleva a ubicarlos en una situación respaldatoria contra la inflación.

El acta acuerdo suscripta el día 16 de abril establece que los salarios aumentarán en un año el 287,5%, equiparando al índice de precios al consumidor (IPC). Por el momento político que se atraviesa en cuanto a las homologaciones del Gobierno, tiene matices que la hacen especial. En detalle analizamos cómo se componen los rubros del acuerdo.

El acuerdo salarial de petroleros: Gratificación no remunerativa


En primer lugar, se acuerda el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, a pagarse con los salarios de abril.

La gratificación será equivalente al 30,7% sobre la base de las planillas salariales de abril 2023, lo que resulta equivalente en términos efectivos al 7,92% del salario que se pagará durante abril 2024.

La base de cálculo sobre la cual se calculará la gratificación son todos los ítems remunerativos y no remunerativos que se abonan habitualmente.

La base de cálculo sobre la cual se aplicará son todos los ítems remunerativos y no remunerativos que se abonan habitualmente, excepto los bonos de facturación o ayuda vivienda/vehículo.

Tendrá naturaleza no remunerativa, y estará sujeta al pago de obra social y aportes sindicales, en tanto indicaron que se encuentra exenta del impuesto a las ganancias.

El acuerdo salarial de petroleros: Incremento de básicos y adicionales de convenio


En segundo lugar, el acta indica que los básicos y adicionales fijados en los CCT se elevarán un 69,1% en concepto de incremento salarial.

De esta manera, y sumado a las actas suscriptas en enero y febrero que pasan a ser remunerativas, el incremento efectivo de las escalas para abril será del 86,21%.

Dato

69,1%
Incremento acordado en los básicos y adicionales fijados en los convenios colectivos de trabajo.

Tomando en cuenta este porcentaje, tenemos que el salario bruto mínimo de referencia para un trabajador de base será de $1.345.461.

De este modo, los petroleros cierran las paritarias anuales, y dejan abierta la puerta para discutir la pauta paritaria de 2024/2025.

El acuerdo salarial de petroleros: Contribución empresaria


Por otra parte, acordaron que las empresas abonen directamente al sindicato una contribución extraordinaria de $148.000 por cada trabajador activo. La misma se pagará en dos cuotas mensuales de $74.000, y vencerá con las cargas sociales de abril y mayo.

El acuerdo salarial de petroleros: Homologación


El día jueves 18 se emitió la Disposición 140 del MTESS por la cual se declaran homologados los acuerdos salariales.

El acuerdo salarial de petroleros: Ganancias, quién pagaría el impacto


Mientras tanto, un tema en agenda que se viene comentando es sobre el impacto del restablecimiento del impuesto a las ganancias y eliminación -en parte- de las exenciones vigentes que trae el proyecto de la Ley de Bases promovida por el Gobierno.

La posibilidad de establecer un mínimo en torno a los $1.800.000 mensuales, equivalente a $1.494.000 netos, sin considerar deducciones por cónyuge o hijos, es un parámetro que el impuesto podría afectar a la mayoría de los trabajadores. Sin embargo, de acuerdo a la reglamentación de los convenios colectivos de petroleros, esto también afectaría a las empresas.

Impuesto a las ganancias. Continúa vigente el concepto “Asignación Vianda Complementaria”.

Recordemos que continúa vigente el concepto de reconocimiento de ganancias, llamado “Asignación Vianda Complementaria”. No es nuevo ni mucho menos, y tiene características diferentes según el CCT. Para los trabajadores jerárquicos (CCT 637/11) el reconocimiento es del 50% del impuesto hasta una suma actual de $251.875.

En tanto, la normativa vigente para petroleros privados que dirige Marcelo Rucci (CCT 644/12), obliga que las empresas reconozcan el proporcional del tributo por el efecto de trabajar horas extras. En ese marco, para los trabajadores del título II de producción, las empresas reconocen el 100% sin límite alguno, mientras que para los trabajadores del título III de operaciones especiales el reconocimiento es hasta el límite de $251.875.

Claramente, bajo este esquema normativo, el impacto de ganancias no recaería de lleno sobre los trabajadores sino también en las empresas que verán incrementados sus costos salariales.


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