El STJ revisará la prisión preventiva de una acusada
La Cámara Primera del Crimen de Bariloche declaró admisible el recurso de casación presentado por la defensa de Haydeé Grande.
CAUSA SAQUEOS
El Superior Tribunal de Justicia tendrá en sus manos la definición de la prisión preventiva impuesta a Haydeé Grande, una de las cinco imputadas por los delitos de robo en poblado y en banda, coacción y uso de armas en la causa que investiga los saqueos del 20 de diciembre pasado al supermercado Chanco Mas.
Esta semana, la Cámara Primera del Crimen declaró admisible el recurso de casación presentado por la abogada Marina Schifrin, para revertir la prisión domiciliaria que cumple Grande en su casa del barrio 2 de Abril desde el 31 de enero pasado.
La mujer tiene tres hijos a cargo y pidió recuperar su libertad para salir a trabajar y garantizar la manutención de su familia.
Grande fue co-imputada por los delitos de robo en poblado y en banda, coacción y uso de armas junto a Gisel Poblete y Catalina Lineros, en el mismo expediente donde fueron imputados en primer orden Miguel “Mohicano” Mansilla, José Paredes, dirigentes de la cooperativa 1° de Mayo detenidos en la comisaría de Dina Huapi.
El pasado 5 de abril el mismo tribunal, integrado por Alejandro Ramos Mejía, Miguel Gaimaro Pozzi y Marcelo Barrutia, denegó la excarcelación a cinco acusados aunque aceptó parcialmente la apelación presentada por los defensores.
En esa oportunidad cambió la calificación inicial de extorsión por la de coacción, conforme el artículo 149 bis, párrafo II del Código Penal. Pero resolvió mantener la prisión preventiva de los acusados por la posibilidad de que intenten entorpecer la investigación o profugarse.
La resolución reconoce que “la investigación aún no ha concluido; que la multiplicidad de partícipes en el hecho vandálico del 20 de diciembre del año pasado sigue impune o prófuga con excepción de las cinco personas que aparecen encausadas”.
Grande fue detenida en enero y derivada al ex hogar El Maruchito, de Roca, junto a Poblete y Lineros, que luego fueron trasladadas a la comisaría 36 de Dina Huapi.
El primero en pedir su excarcelación fue el defensor oficial, Gerardo Balog, a partir de la presunción de inocencia y como alternativa solicitó la prisión domiciliaria para las acusadas en atención a la situación de hacinamiento que presentan las cárceles de la provincia y en función del interés superior del niño, ya que las tres tienen hijos menores de edad.
Ese beneficio fue concedido el 31 de enero por el juez de instrucción Martín Lozada, que basó su decisión en los principios de “humanidad”, de “intrascendencia de la pena”, y en función del “interés superior del niño”. También argumentó el artículo 10, inciso f) del Código Penal, que habilita a los jueces a disponer la prisión domiciliaria de las mujeres madres de niños menores de 5 años de edad.
DeBariloche