Caso Mandagaray: el Tribunal de Impugnación confirmó las condenas a los cuatro policías
En un fallo exhaustivo, la Justicia de Río Negro ratificó la responsabilidad penal de los instructores y el jefe del curso COER por la muerte del joven Gabriel Mandagaray en 2021. El tribunal calificó las prácticas como "denigrantes" y "ajenas a la dignidad humana".
El Tribunal de Impugnación de Río Negro, con una integración subrogante, confirmó las condenas contra cuatro efectivos policiales por el entrenamiento que derivó en la muerte del oficial Gabriel Mandagaray durante un curso del COER en Bahía Creek. La resolución llega tras una orden del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que exigía un análisis integral y pormenorizado de los planteos defensivos.
Las juezas Romina Martini, Alejandra Berenguer y el juez Sandro Gastón Martín rechazaron los recursos de las defensas y ratificaron la responsabilidad penal de Alejandro Gabriel Gattoni, Alfredo Roberto Nahuelcheo y Maximiliano Ariel Vitali Méndez por los delitos de abuso de autoridad y homicidio culposo. Asimismo, se confirmó la condena a Marcelo Ariel Contreras a tres años de prisión condicional e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Maltratos y condiciones extremas en Bahía Creek
La investigación judicial probó que el curso de entrenamiento básico se desarrolló bajo condiciones que excedieron cualquier estándar de formación profesional. Según el fallo, los aspirantes fueron sometidos a exigencias físicas extremas, escasa alimentación e hidratación, todo en un marco de condiciones climáticas adversas y en un lugar que no era el previsto originalmente.
El tribunal fue contundente al señalar que, si bien estos cursos de élite requieren un alto nivel de rigor, «en modo alguno resultan aceptables tratos denigrantes que atenten contra la dignidad de las personas». Se acreditaron prácticas abusivas constantes que, lejos de formar a los agentes, vulneraron sus derechos básicos.
El trágico ingreso al mar: un «riesgo no permitido»
El punto de quiebre de la tragedia ocurrió cuando los instructores obligaron a un grupo de cursantes a ingresar al mar cargando un tronco, vistiendo el uniforme completo y portando sus armas, sin ninguna medida de seguridad.
El fallo destaca que uno de los jóvenes advirtió que no sabía nadar, pero la orden se mantuvo inalterable. Para los jueces, esta decisión «importó la creación de un riesgo no permitido». El tribunal sostuvo que los responsables tenían la obligación de garante sobre la vida de los participantes y que, pese a tener tiempo para rectificar o detener el ejercicio, no lo hicieron: «Estuvo en sus manos salvar la vida de Gabriel», sentencia el documento.
La responsabilidad jerárquica de Alejandro Gattoni
Uno de los pilares de la confirmación de la sentencia fue el rol de Alejandro Gabriel Gattoni, jefe del curso. Aunque su defensa intentó alegar que sus funciones eran meramente administrativas, la justicia entendió que él tenía el control total de la situación.
El tribunal remarcó que Gattoni no solo ideó y proyectó el curso, sino que eligió a los instructores y estuvo presente durante las actividades. Por su jerarquía, tenía el deber legal de intervenir ante las situaciones de riesgo evidente y los abusos que se estaban cometiendo frente a sus ojos.
Un mensaje a las instituciones policiales
Más allá de las condenas individuales, el fallo del Tribunal de Impugnación dejó una fuerte advertencia sobre el impacto institucional del caso. Los magistrados subrayaron la necesidad urgente de erradicar este tipo de conductas de los centros de formación de agentes.
«Este tipo de conductas deben ser erradicadas de los cursos de formación de agentes policiales», enfatizó el tribunal, remarcando que cualquier entrenamiento debe realizarse bajo el estricto respeto a la dignidad humana y la seguridad de los efectivos. Con esta confirmación, la justicia busca cerrar un capítulo de impunidad en uno de los casos de violencia institucional más graves de los últimos años en la provincia.
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