Condenaron a una policía de Bariloche por presentar certificados falsos para una licencia médica

La acusaron de adulterar certificados para asegurarse dos licencias sucesivas de cinco días, por un dolo cervical y por faringitis. La médica que aparecía como firmante los desconoció.

Por Redacción

Condenaron a una policía de Bariloche por presentar certificados falsos para una licencia médica

Una agente policial que pidió licencia por razones de salud y presentó dos certificados médicos con fechas sucesivas que resultaron falsos terminó condenada a seis meses de prisión en suspenso, luego de que quedara demostrado que la médica señalada con firma y sello en los documentos nunca los confeccionó.

El fallo emitido el mes pasado por el juez Sergio Pichetto consideró apropiado aplicar la pena mínima para el delito de “uso de documento falso privado”, es decir seis meses de prisión, y descalificó a la fiscalia y la defensa porque ambos propusieron un año, ya que tomaron el mínimo para “uso de documento falso público”.

El caso cobra significación cuando está en marcha una activa campaña del gobierno provincial por detectar y denunciar abusos con las licencias médicas, que incluye denuncias contra médicos y agentes estatales, todavía en investigación.

El hecho imputado a la policía, que cumplía tareas en la comisaría Segunda, ocurrió entre abril y mayo de 2024. Según fue reconstruido durante el juicio, la mujer estaba en esos días con licencia anual ordinaria (vacaciones), pero el 28 de abril comunicó a la unidad en forma telefónica que las interrumpía por un problema de salud, como lo prevé la ley.

Al día siguiente le llevó dos certificados a un compañero, otro policía, que estaba de guardia en el edificio de la fiscalía de la calle Anasagasti, y le pidió que los entregue en la comisaría. Uno de ellos le concedía “reposo médico laboral por cinco días” desde el 29 de abril con un diagnóstico de contractura cervical severa y el otro tenía fecha del 6 de mayo y le prescribía otro reposo de cinco días con tratamiento farmacológico por una “faringitis aguda”.

En ambos casos los papeles llevaban membrete del hospital zonal de Bariloche, más firma y sello de la médica clínica Karina Rodríguez, con su número de matrícula real. Citada al juicio Rodríguez dijo que nunca había firmado eso certificados, que no conocía a la mujer bajo proceso y que tampoco trabajó jamás en el hospital.

El abogado defensor, Diego Navarro, dijo que la policía no tenía necesidad de fraguar los comprobantes médicos porque estaba de licencia anual ordinaria y sostuvo la tesis de que el día y la hora en la que supuestamente los entregó a su colega en fiscalía (un domingo a la tarde) estaba con una amiga en la terminal para sacar pasajes rumbo a San Juan, adonde viajó el día siguiente.

La versión del acoso laboral


También la propia acusada al prestar declaración profundizó en ese relato y dijo que su compañero la había acosado con anterioridad y urdió la maniobra de los certificados para perjudicarla.

El juez no dio crédito a esa versión y consideró probada la teoría expuesta por la fiscal, Silvia Paolini, quien sostuvo que el cabo policial tenía los certificados que le entregó la imputada y que se demoró en llevarlos a la comisaría.

El defensor pidió la absolución por entender que el policía señalado como emisario “mintió” sobre su rol y argumentó también que su defendida ya había sido sancionada por la propia policía con 15 días de suspensión, y la correspondiente quita salarial. De modo que el perjuicio económico al Estado por la supuesta licencia indebida ya no existía.

El juez lo tomó en cuenta, pero consideró igual que lo apropiado era condenarla por el delito investigado y le impuso la pena mínima prevista. Se diferenció también de ambas partes (fiscalía y defensa) al desechar cualquier sanción accesoria de inhabilitación para el ejercicio de la función policial.

Tanto Paolini como Navarro habían pedido la inhabilitación por el doble de la pena, pero el juez Pichetto evaluó que era un error entender que “la sola condición de empleada policial de la acusada convierte todos sus actos en ´abuso de las funciones de su cargo´, como exige el Código Procesal Penal” para la pena accesoria de inhabilitación. Subrayó que no alcanza con el simple hecho de que sea policía para aplicarle la sanción extra. Dijo que el abuso de funciones “no fue probado en debate” y la sanción extra “no es un anexo automático”.


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