La Justicia suspendió la aplicación del Régimen Penal Juvenil en Buenos Aires por la crisis carcelaria

Una magistrada de Lomas de Zamora ordenó frenar por 60 días la vigencia de la ley que baja la edad de imputabilidad a los 14 años. La resolución advierte sobre la falta de infraestructura y recursos provinciales para contener el aumento de las detenciones.

Redacción

Por Redacción

Unidad N°40 de Lomas de Zamora. Foto: Gentileza Provincia de Buenos Aires.

Unidad N°40 de Lomas de Zamora. Foto: Gentileza Provincia de Buenos Aires.

Apenas dos días después de su entrada en vigencia a nivel nacional, la aplicación de la Ley N° 27.801 sufrió un revés judicial en el territorio bonaerense. La Justicia de la provincia de Buenos Aires ordenó suspender de manera preventiva la implementación del nuevo Régimen Penal Juvenil por un plazo de 60 días, y adjudicó la decisión a la incapacidad material y edilicia del Estado provincial para absorber a una mayor cantidad de internos en el sistema penal.

La medida cautelar lleva la firma de la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora. La magistrada resolvió de este modo al hacer lugar a un habeas corpus preventivo colectivo que presentó la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, con el objetivo de resguardar los derechos de los adolescentes privados de su libertad ante el riesgo inminente de un colapso institucional.


El detrás del freno del Régimen Penal Juvenil en Buenos Aires


La flamante legislación nacional establece una disminución de la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años, un cambio que permite procesar por la vía judicial a los jóvenes de esa franja etaria ante la comisión de delitos tipificados en el Código Penal. Según el análisis de la jueza Pascual, esta modificación normativa provocará un aumento considerable en la cantidad de personas menores de edad detenidas, a causa del flujo constante de nuevos ingresos y por la mayor permanencia temporal de los individuos en el sistema de encierro.

Frente a este panorama, la magistrada cuestionó de forma directa la capacidad operativa de la provincia y exigió la aplicación del principio precautorio para evitar vulneraciones a los derechos fundamentales.

Para justificar la paralización temporal de la ley, la jueza analizó la situación actual de los dispositivos de alojamiento bonaerenses. Recordó que su propio juzgado debió imponer de manera previa un límite máximo de sesenta adolescentes para el Centro Socioeducativo de Lomas de Zamora, a raíz de un incumplimiento en los requisitos mínimos de habitabilidad.

Aunque la resolución reconoció la concreción de mejoras recientes en la provisión de agua potable, la alimentación y algunas estructuras edilicias, el texto determinó que el sistema aún no alcanza el piso mínimo necesario. Entre las falencias detectadas, mencionó las trabas para el acceso a la educación, la falta de capacitación laboral y la necesidad de acortar los períodos de aislamiento, factores que inciden directamente en los futuros niveles de violencia y en la seguridad pública.

Con base en estos argumentos técnicos, el fallo ordenó al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia que adopten de forma inmediata las medidas necesarias para concretar la suspensión de la Ley N° 27.801.

A su vez, la jueza convocó a una audiencia presencial en la sede del tribunal para el próximo 16 de septiembre. En dicho encuentro, las autoridades de las áreas del Poder Ejecutivo provincial deberán presentarse para detallar las acciones implementadas, los proyectos elaborados y los plazos previstos para adecuar el sistema carcelario juvenil a las nuevas exigencias.


Las directrices del nuevo régimen federal


A nivel federal, el régimen se encuentra operativo a partir del Decreto 875/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques y el jefe de Gabinete Diego Santilli. El nuevo esquema penal prohíbe las condenas a prisión perpetua para los adolescentes y fija un límite máximo de quince años de privación de la libertad, pena que los condenados deberán cumplir en centros especializados y sin contacto con adultos.

Como alternativas al encierro, el texto incorpora la reparación del daño, las tareas comunitarias, las restricciones de acercamiento y el uso de tobilleras electrónicas para el monitoreo.

Para el seguimiento de los jóvenes infractores, la reglamentación creó la figura del «supervisor especializado» y un registro provisorio de profesionales en áreas como psicología, trabajo social y pedagogía.

Asimismo, el Estado dispuso la conformación de un Comité Interministerial y de una Mesa Federal para coordinar las políticas públicas entre la Nación y las provincias. Con el objetivo de financiar la puesta en marcha de este andamiaje institucional, el Congreso de la Nación asignó una partida presupuestaria específica de 23.739.155.303,08 pesos.

Con información de Infobae.


Apenas dos días después de su entrada en vigencia a nivel nacional, la aplicación de la Ley N° 27.801 sufrió un revés judicial en el territorio bonaerense. La Justicia de la provincia de Buenos Aires ordenó suspender de manera preventiva la implementación del nuevo Régimen Penal Juvenil por un plazo de 60 días, y adjudicó la decisión a la incapacidad material y edilicia del Estado provincial para absorber a una mayor cantidad de internos en el sistema penal.

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