Los autotest ya tienen un procedimiento oficial para informar el resultado

Hoy se publicó la resolución en el Boletín Oficial. Los resultados deben ser notificados al sistema nacional.

Esta mañana se publicó la Resolución 28/2022 en el Boletín Oficial que regula la venta de los autotest destinados a detectar el coronavirus. La normativa incluye el “Procedimiento para el reporte del uso y notificación del resultado de los test individuales de autoevaluación para la detección del SARS-CoV-2 (COVID-19)”.

La resolución establece que cada provincia podrá considerar como caso confirmado aquellos resultados positivos de autotest y que ese diagnóstico debe ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS). Este los tomará como «probables» y a los negativos, como «negativos, sin clasificar». Los inválidos se tendrán que repetir.

«Un caso clasificado como ‘probable’ deberá cumplimentar con las recomendaciones emitidas por la
autoridad sanitaria de la jurisdicción vigentes al momento de realizar el test» se aclaró en la resolución.

La venta será exclusivamente en farmacias, a la que el cliente queda obligado a informarle el resultado. Si no se transmite este dato, las autoridades podrán inhabilitar el punto de venta.

Además, «toda institución pública o privada podrá adquirir y/o utilizar los test» de acuerdo a los criterios que establezca cada provincia y tendrá un responsable de informar el resultado al lugar de compra o a la autoridad sanitaria.

La información del resultado será «de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 hs. de realizado el mismo, y dentro de los 7 días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados”. El cliente puede ir a la farmacia de forma presencial a cumplir este paso o comunicarse por teléfono, página web o el medio que se establezca.

Las farmacias serán las responsables de transmitirle la información al SNVS a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina (SISA). Los datos que se solicitarán serán nombre y apellido; sexo legal; fecha de nacimiento; tipo y número de documento; domicilio completo, y teléfono de contacto.

Sobre el producto se indicó que debe contener solo un test por empaque de venta, con un número identificatorio, código de barras o código QR adicional que facilite posteriormente el reporte del resultado y la carga del mismo.
En caso que el empaque tenga más de un test, debe tener la identificación individual de cada uno de ellos.


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