Los propietarios de cocheras alquiladas también deben registrar los contratos en la AFIP

Se desprende de la Ley de Alquileres que se comenzará a aplicar el próximo 1 de marzo.

Los propietarios de cocheras particulares deberán, a partir del 1 de marzo, inscribir los contratos en el Registro de Locaciones de Inmuebles, tras la reglamentación de este mecanismo que está previsto en la nueva Ley de Alquileres.

La información fue confirmada por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, según informó Infobae.

En tanto, José Rozados, titular de Reporte Inmobiliario, también dijo que están alcanzadas y deberían registrarse. “Al especificar que tienen que registrarse las locaciones de inmuebles urbanos, se encontrarían comprendidas las cocheras”, destacó.

En la Resolución General 4933 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial, se reglamentó el registro previsto por la Ley de Alquileres sancionada el año pasado.

Se estableció que los contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril.

Desde el 1 de marzo todos los contratos de alquiler deberán ser registrados, según se conoció hace pocas horas por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que lo reglamentó.

La medida nacional alcanza a las locaciones de bienes inmuebles urbanos, arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, locaciones temporarias de inmuebles con fines turísticos, de descanso o similares. También los espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o stands.

Según se informó, con la nueva normativa los contratos quedan obligados a la registración de la operación. Será de manera digital. «La herramienta permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones», subrayó la AFIP.

La norma da la posibilidad que los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) registren un contrato en representación de sus clientes. También que  los sujetos que asuman el carácter de locatarios o arrendatarios puedan informar en forma voluntaria un contrato.


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