Piden investigar si Gennuso violó la ordenanza de ética pública con su viaje a Europa

El intendente admitió en diciembre que empresas vinculadas a la concesionaria del cerro Catedral costearon los gastos de su recorrida en Italia y Francia. La concejal Wallace elevó un pedido de sumario al Tribunal de Contralor.

El viaje del intendente Gustavo Gennuso a Europa, entre fines de noviembre y comienzos de diciembre, invitado por la concesionaria del cerro Catedral Alta Patagonia (Capsa) y solventado en parte por empresas vinculadas a la empresa, podría traducirse en un sumario de investigación por el presunto incumplimiento de la ordenanza de ética pública si el Tribunal de Contralor decide darle curso a un pedido que formalizó la concejal Julieta Wallace.

La concejal del Frente de Todos en diciembre impulsó la interpelación del intendente en el Concejo Municipal. Gennuso asistió y explicó los alcances de su viaje por Francia e Italia, y dijo que si bien el pasaje fue costeado con recursos personales, el resto de los gastos fueron cortesía de las empresas proveedoras de Capsa, Techno Alpin y Poma.

Wallace tras la exposición de Gennuso advirtió que avanzaría en un pedido de investigación ante el Tribunal de Contralor y finalmente ayer presentó el escrito para pedir que se investigue si incurrió en faltas el jefe comunal y también el gerente del Ente Municipal de Control del Cerro Catedral, Marcelo Ruival, que también participó del viaje a Europa y hasta el momento se desconoce quién costeó su recorrida.

El Contralor podría haber actuado de oficio, pero no lo hizo hasta el momento. Este organismo de control está integrado por dos vocales del partido del intendente, Juntos Somos Río Negro, y en minoría uno de la oposición.

En la presentación dirigida a la presidenta del Contralor, Luisa Mora Cid, la concejal pide expresamente el “inicio de un sumario de investigación por presunto incumplimiento a la ordenanza de ética pública 2554-CM-14” por parte de Gennuso y Ruival, y se aplique “la consecuente responsabilidad y sanciones que correspondan”.

Wallace señala puntualmente la eventual “transgresión” al artículo 5 inciso f), i), k) de la Ordenanza 2554-CM-14. Estos indican que es “incompatible” para los funcionarios “recibir directa o indirectamente beneficios originados en contratos, concesiones o franquicias que celebre u otorgue la administración en cualquiera de sus tres niveles”. También “recibir cualquier tipo de ventaja con motivo u ocasión de sus funciones, así como aprovechar la función para obtener beneficios de cualquier tipo que no se encuentren previstos en la legislación específica”; y “aceptar beneficio personal y/o condiciones especiales en la realización de actos relacionados con la función”.

Agrega el detalle del artículo 7 de la misma norma que expresa: “Los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, ya sean cosas o servicios, con motivo del desempeño de sus funciones. Cuando corresponda a cortesía o protocolo la autoridad de aplicación reglamentará su registro y en qué casos corresponde su incorporación al patrimonio del Estado y el destino de los mismos, priorizando salud, educación, acción social o como patrimonio histórico-cultural”.

Wallace recordó que el propio Concejo Municipal autorizó su viaje que el intendente presentó como “protocolar”, pero con el transcurso de los días, según la concejal, se advirtió que “no se limitaba a una gestión protocolar”.

La concejal esgrimió en la nota al Contralor que “es evidente que el pago de los gastos relacionados al viaje del señor intendente por parte de las empresas proveedoras de Capsa, deben interpretarse como regalos, obsequios o donaciones (hoteles, almuerzos y cenas, viajes intra continente)”.


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