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Licencias ambientales en Vaca Muerta: el fallo Lucchelli «es de gravedad institucional», dijo la fiscalía y lo impugnó

El exsubsecretario de Ambiente fue declarado no responsable de cajonear multas por PCB, porque según el fallo no era autoridad de aplicación. Según el fiscal la sentencia pone en duda "cientos de actos administrativos".

El fiscal jefe de Delitos Ambientales, Maximiliano Breide Obeid, impugnó el fallo del juez Juan Guaita que declaró no responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al exsubsecretario de Ambiente de Neuquén, Juan de Dios Lucchelli. En un escrito de 21 páginas, señaló que la resolución «resulta arbitraria, es contradictoria e incurre en errores de derecho severos», lo que lleva a «descalificarla como acto jurisdiccional válido en un tema sensible a la sociedad; tal el derecho ambiental, que amerita una respuesta seria y debidamente motivada».

La acusación contra Lucchelli fue porque supuestamente «omitió impulsar y controlar» el trámite de un expediente relacionado con la eliminación de PCB y descontaminación de transformadores de la Cooperativa de Servicios Públicos de Plottier.

Ocupó la subsecretaría desde el 1 de noviembre del 2016, por renuncia de Ricardo Esquivel, y se tomó una larga licencia a partir de abril del 2023, cuando Rolando Figueroa ganó las elecciones para gobernador. Dejó efectivamente el cargo el 10 de diciembre de ese año.

«No responsable»


Se realizó el juicio, declararon varios testigos, y el 24 de febrero pasado el juez Juan Guaita declaró no responsable al exfuncionario. Su argumento central fue que Lucchelli como subsecretario no era autoridad de aplicación de la ley provincial 1875 de Protección Integral del Ambiente.

En su impugnación, el fiscal Breide Obeid afirmó que durante el juicio logró acreditar que sí era el organismo encargado del contralor ambiental.

Licencias ambientales


En el tramo más crítico el fiscal dijo que «el fallo no es sólo incorrecto sino que presenta una gravedad institucional inusitada toda vez que pone en duda los cientos de actos administrativos suscriptos por Juan de Dios Lucchelli como autoridad de aplicación de la Ley 1875; entre ellas no sólo multas sino y especialmente reglamentos administrativos y licencias ambientales».

«Es que el propio Lucchelli, quien hoy se defiende diciendo que no era autoridad de aplicación de la Ley 1875, firmó cientos de normas legales en las que sostiene que la subsecretaría de Ambiente a su cargo era la autoridad de aplicación de dicha norma. Varios de ellos, por ser reglamentos administrativos relativos al contralor de por ejemplo residuos peligrosos, fueron publicados en el Boletín Oficial y son de consulta pública en la página web de la actual secretaría de Ambiente», agregó.

También destacó Breide Obeid que «el Plan Quinquenal 2019-2023, que sintetiza la acción del gobierno de Omar Gutiérrez, en su página 51 dice: “La Subsecretaría de Medio Ambiente es la autoridad de aplicación de la ley 1875 (T.O. 2267), decreto reglamentario 2656/99 y sus modificatorias, de Protección Integral del Ambiente de la Provincia.”

Incertidumbre entre las operadoras


Como informó diario RÍO NEGRO el veredicto del juez, difundido el 24 de febrero, generó incertidumbre. Si Lucchelli no era autoridad de aplicación, ¿qué pasa con todas las multas que aplicó y no fueron refrendadas por sus superiores?

En el fallo completo, que dio a conocer el 5 de marzo, Guaita agregó un párrafo: «Para el hipotético caso de que las sanciones no fueran ratificadas por órganos superiores, quedarían firmes por el paso del tiempo, ya que prescribirían las acciones de nulidad contra tales actos administrativos».

Las dudas persistieron, porque entre las funciones de Lucchelli figuraba el otorgamiento de licencias ambientales para desarrollos hidrocarburíferos. Este diario también publicó que «el tema llegó al área de Legales de algunas operadoras y tras las consultas que realizó este medio, lo que se desprende en general es que hay preocupación e incertidumbre». 

“Interpretamos que seguramente el fallo será discutido para que no quede en firme”, dijeron desde una compañía con proyectos en la Cuenca Neuquina.

La impugnación del fiscal


Es lo que hizo ahora el fiscal Breide Obeid. Señaló que la resolución que absolvió al exfuncionario «resulta arbitraria, es contradictoria en numerosas oportunidades, e incurre en errores de derecho severos, tales como la confusión del delito de omisión atribuido por la fiscalía con el de abuso funcional, cuyo no acaecimiento se justifica en la sentencia».

«Estos vicios llevan a descalificar la sentencia impugnada como acto jurisdiccional válido en un tema sensible a la sociedad, tal el derecho ambiental, que ameritan una respuesta seria y debidamente motivada».

Nuevo juicio


La fiscalía dirigió su escrito al Tribunal de Impugnación (TI) y pidió que se lo convoque a una audiencia para ampliar los fundamentos de manera oral. También solicitó que el Tribunal «ejerza competencia positiva», es decir que anule el fallo de Guaita y dicte uno nuevo, declarando responsable a Lucchelli.

El TI no es proclive a ejercer competencia positiva, de modo que lo más probable es que si llega a anular el fallo, ordenará que se realice un nuevo juicio.


El fiscal jefe de Delitos Ambientales, Maximiliano Breide Obeid, impugnó el fallo del juez Juan Guaita que declaró no responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al exsubsecretario de Ambiente de Neuquén, Juan de Dios Lucchelli. En un escrito de 21 páginas, señaló que la resolución "resulta arbitraria, es contradictoria e incurre en errores de derecho severos", lo que lleva a "descalificarla como acto jurisdiccional válido en un tema sensible a la sociedad; tal el derecho ambiental, que amerita una respuesta seria y debidamente motivada".

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