Reconoció un crimen y lo condenaron a 14 años de cárcel
Por unanimidad, la Cámara Criminal Segunda de Roca condenó Cristian Juan Jara Blanco (39 años) a 14 años de prisión, por el homicidio de Adrián Gordillo (33) ocurrido en Chimpay y las lesiones que le provocó a la pareja de la víctima.
Los jueces Oscar Gatti, Sandro Gastón Martín y María Evelina García Balduini tuvieron en cuenta que el imputado, actualmente detenido, registra condenas penales previas, y lo declararon reincidente. De todas maneras la sentencia no se encuentra firme, ya que la defensa tiene plazo legal para interponer recurso de casación.
La Cámara tuvo por acreditado que la madrugada del 28 de febrero de del año pasado, Jara Blanco golpeó y lesionó a la pareja de Gordillo en el marco de una discusión generada a la salida de un boliche de la calle San Martín. Media hora después, frente al monumento conocido como “Las Manos”, el imputado apuñaló a Gordillo en el pecho, provocándole la lesión que resultó mortal.
Esa teoría había sido la que fue planteada por el Fiscal de Cámara Andrés Nelli y el abogado por la querella, Marcelo Herzing Gorriarán.
Jara Blanco fue detenido inmediatamente en la vereda de su casa, ubicada a menos de 100 metros del monumento, donde también se secuestró el cuchillo de 17 cm de hoja utilizado en el hecho.
Admitió su responsabilidad
El acusado admitió su participación en el juicio oral y público aunque planteó circunstancias atenuantes que llevaron a su Defensor Oficial, Miguel Salomón, a solicitar una pena de 15 meses de prisión por el delito de “homicidio con exceso en la legítima defensa”.
Con el voto rector del juez Martín se descartó el atenuante planteado por la defensa porque “no existió agresión ilegítima” por parte de Gordillo: recibió la puñalada cuando “corría, escapaba” de su agresor y se tuvo por probado que el imputado lo persiguió “por al menos 50 metros hasta que lo alcanzó, lo dio vuelta y le dio una puñalada”; y porque aún suponiendo que Gordillo atacaba a Jara Blanco, este último tenía un cuchillo y el primero estaba desarmado, por lo que desaparece el requisito de “racionalidad en el medio empleado” para repeler una agresión.