Tres policías indagados por la muerte en el calabozo

El juez Lozada atribuyó a los agentes la comisión de delito culposo. La causa lleva 2 años y 10 meses sin avances.

Por Redacción

CASO GARRIDO

A 2 años y 10 meses de la muerte de Guillermo Garrido en el calabozo de la comisaría de El Bolsón, el juez Martín Lozada avanzó con la declaración indagatoria a tres agentes de la Policía de Río Negro que participaron de la guardia el día que fue detenido el joven.

Se les atribuyó la comisión del delito de homicidio culposo. Según consideró el juez, los uniformados “violaron el deber de cuidado exigido al dejar al detenido Garrido con un elemento con el que podía atentar contra su vida, tal cual resultó ser el cinturón de un metro de longitud y tres centímetros de ancho, que llevaba colocado en su cintura”.

En el interior del calabozo -según indicó la Justicia- “utilizó ese elemento y se colgó de uno de las rejas del calabozo”, lo que le ocasionó la muerte.

Garrido fue detenido en El Bolsón por una contravención de tránsito y alojado en un calabozo el 13 de enero de 2011 y esa misma noche entre las 21:40 y las 22:50 apareció muerto en el interior.

Los imputados se encontraban prestando servicio en la unidad integrando el plantel que se hallaba de servicio en la Oficina de Guardia.

Previo a ingresar a Garrido en el interior del calabozo donde luego fue hallado sin vida, uno de los imputados tuvo a su cargo el secuestro de algunos de los efectos que portaba consigo el detenido, otro tuvo a su cargo el registro por escrito de los objetos secuestrados.

El tercer oficial supervisó la operatoria llevada adelante por sus subordinados.

Según informó el Poder Judicial, los imputados introdujeron a Garrido en uno de los calabozos sin tener en cuenta las premisas establecidas como registrar y controlar directamente a los detenidos “con el fin de verificar su estado de salud y el de los alojamientos” ya que son los responsables directos de su guardia.

El juez detalló que otra norma interna establece que el auxiliar directo del oficial de guardia tendrá entre otras obligaciones efectuar la requisa de los detenidos en presencia del oficial de guardia, del agente que los condujo y del oficial de servicio, y debe “retirar de su poder los efectos que determinen”.

El juez indicó que los oficiales “incurrieron en un obrar negligente al omitir el cumplimiento de los deberes a su cargo, en tanto, en el caso concreto, no tomaron los recaudos que requería la situación”.

DeBariloche