Sueldos bimonetarios: el BCRA habilitó las cuentas sueldo en dólares, cómo funciona

A través de la Comunicación A 8460/2026 en el Boletín Oficial, la autoridad monetaria sumó a la moneda estadounidense como opción para el cobro de haberes. Los depósitos no tendrán costos de mantenimiento y las extracciones en efectivo deberán garantizarse en la sucursal de origen.

Por Redacción

Banco Central.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio un paso clave en el esquema de libre competencia de monedas. La autoridad monetaria oficializó la apertura y el funcionamiento de cuentas sueldo denominadas en dólares estadounidenses, permitiendo que los trabajadores en relación de dependencia puedan recibir fondos laborales directamente en esa denominación.

La medida se fundamenta en la Comunicación “A” 8460/2026 publicada en el Boletín Oficial, que incorpora formalmente al dólar entre las divisas admitidas para el sistema bancario de haberes.


Mantenimiento gratuito y retiro de efectivo en ventanilla: cómo funcionan las cuenta sueldo en dólares del BCRA


La normativa fija pautas precisas para el funcionamiento de estas cajas de ahorro especiales en la red de entidades financieras de todo el país:

  • Gratuidad absoluta: el beneficio de costo cero que rige para las cuentas sueldo tradicionales se aplicará sobre los fondos laborales en dólares que queden acumulados, sin ningún tipo de límite de tiempo ni comisiones por mantenimiento.
  • Extracción de billetes: los bancos están obligados a garantizar la entrega de dólares en efectivo por ventanilla en la sucursal donde esté radicada la cuenta.
  • Cajeros y otras sedes: siempre que las entidades cuenten con la disponibilidad técnica y operativa, podrán habilitar retiros de divisas en otras sucursales, cajeros automáticos o terminales autoservicio.

La letra chica: qué hace falta para cobrar en dólares


El organismo conducido por Santiago Bausili remarcó que la disposición de la Comunicación «A» 8460 regula el marco bancario para operar los fondos, pero no modifica de forma automática la legislación laboral vigente para todos los convenios.

Para que un empleado pueda percibir su remuneración en moneda extranjera, deberá existir un marco legal o un acuerdo contractual previo entre la parte empleadora y el trabajador que habilite el pago en esa divisa.

Con este movimiento, el Gobierno busca dotar de agilidad al sistema financiero de cara al segundo semestre, facilitando la operatividad a sectores corporativos, de servicios y del mercado del conocimiento que ya negocian contratos nominados en moneda dura.


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