Intentó traficar 78 kilos de marihuana a Chile por el paso Cardenal Samoré: lo condenan y expulsan del país
El Tribunal Oral Federal de Neuquén homologó un acuerdo de juicio abreviado contra un ciudadano paraguayo por un hecho de narcotráfico ocurrido en 2014. El imputado recibió una pena de tres años de ejecución condicional y deberá abandonar la Argentina en un plazo de siete días.
A doce años de haber sido detectado en la frontera, la Justicia Federal de Neuquén condenó a Alberto Rafael Rosa González a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por intentar contrabandear más de 78 kilogramos de marihuana a través del Paso Internacional Cardenal Samoré. El fallo, dictado por el juez Alejandro Cabral, dispuso la inmediata libertad del implicado y su expulsión definitiva del territorio argentino.
El caso se resolvió mediante un juicio abreviado tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa. Según la sentencia, el hombre de nacionalidad paraguaya fue hallado penalmente responsable del delito de contrabando de exportación agravado en grado de tentativa, aunque en calidad de partícipe secundario, una modificación clave que permitió reducir la escala penal.
Un cargamento oculto en el vehículo
El hecho ocurrió el 20 de abril de 2014, alrededor de las 9:30, en el Centro de Frontera ubicado en el paraje El Rincón. El hombre viajaba como acompañante en una camioneta Hyundai Tucson con destino a Chile cuando el personal de Gendarmería Nacional procedió a una requisa exhaustiva del rodado.
Durante la inspección, los agentes descubrieron 179 paquetes de marihuana distribuidos en diversos escondites del vehículo. La droga estaba oculta en la rueda de auxilio, debajo de los asientos del conductor y acompañante, en el portón trasero, dentro de los paragolpes e incluso entre la chapa del techo y el tapizado. Las pericias químicas confirmaron que se trataba de «cannabis sativa» con un peso total de 78.208 gramos.
El cambio en la acusación
Un punto determinante para la sentencia fue el análisis de la participación del condenado en la logística del tráfico. La fiscalía, a cargo de Luisina Tiscornia, modificó la acusación original de coautor a partícipe secundario tras analizar las declaraciones del conductor del vehículo.
De acuerdo con el Ministerio Público, el otro involucrado en la causa reconoció que el cargamento era de su propiedad y que Rosa González no tenía el dominio del hecho. Al respecto, la fiscalía argumentó que el ahora condenado prestó una colaboración de carácter «fungible», es decir, «una cooperación que pudo haber sido prestada por cualquier otra persona».
Libertad y expulsión inmediata
Tras la homologación del acuerdo por parte del Tribunal Oral Federal de Neuquén, se ordenó el cese de la detención que el imputado cumplía en el Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa. Sin embargo, la libertad está sujeta a condiciones estrictas de residencia fuera del país.
El fallo impuso a Rosa González «la obligación de regresar a su país a más tardar en el término de siete días corridos». Asimismo, se estableció la prohibición perpetua de reingreso a la República Argentina, comunicando la medida a la Dirección Nacional de Migraciones e Interpol para garantizar su efectivo cumplimiento. Por último, el tribunal dispuso la destrucción total del material estupefaciente secuestrado en el operativo.
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