Ordenan a obra social cubrir tratamiento de fertilidad

Así lo resolvió la Jueza de Familia de Viedma. La práctica se realizará en un instituto de Bariloche.

Judiciales

La Obra Social de Empleados en Entidades Deportivas y Civiles -Ospedyc- deberá hacerse cargo en su totalidad de un tratamiento de fertilidad asistida. Así lo ordenó la jueza de Familia de Viedma María Laura Dumpé al hacer lugar a un recurso de amparo presentado por un matrimonio de esta circunscripción judicial.

El tratamiento de alta complejidad (técnica ICSI) deberá ser realizado en el Centro de Medicina Reproductiva Instituto Fertility Patagonia de Bariloche, incluyendo medicamentos, honorarios profesionales y cualquier otro gasto concerniente a esa práctica.

La titular del juzgado N°7 de Viedma enmarcó la resolución en la Ley nacional 26.862, bajo apercibimiento de imponer sanciones conminatorias progresivas en caso de reticencia a cumplir la manda judicial.

Además hizo saber a los profesionales que tratándose de una fecundación asistida y teniendo en cuenta la experiencia padecida “deberán proceder a la inmediata crioconservación en las condiciones necesarias para mantener su vitalidad y preservar su completa integridad”.

Dumpé tuvo en cuenta lo establecido en la Constitución rionegrina en relación al reconocimiento del derecho a la vida y la dignidad humana y la Ley 26.862 que refiere a la reproducción médicamente asistida que incorporó como prestación obligatoria la cobertura integral, el diagnóstico, los medicamentos, las terapias de apoyo, los procedimientos y las técnicas que la Organización Mundial de la Salud define como de reproducción médicamente asistida, tanto para el sector público de salud como obras sociales y entidades de medicina prepaga.

Sobre la imposibilidad de cubrir ese tratamiento argumentada por Ospedyc amparándose en la falta de reglamentación de una Ley, la jueza opinó que “ello no es óbice para que se brinde la cobertura”.

DeViedma


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