Causa Techo Digno en Sierra Grande: la Justicia anuló absoluciones y habrá un nuevo juicio

El nuevo proceso incluirá al exintendente Renzo Tamburrini, su hermano Mauro y Ernesto Noel. El Tribunal de Impugnación consideró que no fueron bien valoradas las pruebas presentadas durante la etapa que se cerró en junio pasado.

Por Daniel Vila

Renzo Tamburrini (izquierda) durante el juicio anterior. Foto: Marcelo Ochoa.

El Tribunal de Impugnación (TI) anuló la absolución de tres exfuncionarios municipales de Sierra Grande, tras la presentación de un recurso del Ministerio Público Fiscal, y ordenó la realización de un nuevo juicio por la causa vinculada con la construcción de 40 viviendas del programa Techo Digno.

La resolución también dejó sin efecto el debate oral anterior desarrollado en junio pasado que finalizó con las absoluciones del exintendente Renzo Tamburrini, su hermano Mauro y Ernesto Noel porque no lograron probarse «los hechos atribuidos», mientras que el exintendente Nélson Iribarren y sus exsecretarios Claudia Albariño y Miguel Ángel Mesa, no fueron acusados por la Fiscalía.

El alcance de la nulidad quedó limitado a los agravios de la Fiscalía contra las absoluciones de los hermanos Tamburrini y Noel, quienes deberán afrontar un nuevo proceso, en tanto que la actuación de Iribarren y sus exfuncionarios no integraron el recurso y tampoco se reabrió la imputación por certificados de infraestructura respecto de los cuales la Fiscalía desistió.

El tribunal de revisión consideró que la sentencia absolutoria presentó defectos en la valoración de las pruebas y no ofreció respuestas suficientes a los cuestionamientos del Ministerio Público Fiscal.

Señaló también que el tribunal de juicio no examinó de forma integral las declaraciones de quienes inspeccionaron las viviendas, los informes técnicos y la documentación contractual. Entre otros aspectos, consideró insuficiente la respuesta sobre los trabajos de movimiento de suelos, porque existía un segundo convenio de infraestructura cuyos pagos también formaron parte del debate.

La resolución destacó además la declaración de un trabajador municipal que explicó cómo se confeccionaron algunos certificados. Según ese testimonio, en determinadas oportunidades se seleccionaron trabajos para alcanzar cifras previamente indicadas, aunque los avances no coincidieran con las tareas realizadas. El Tribunal cuestionó el tratamiento que recibió esa declaración en la sentencia absolutoria.

Los jueces también observaron problemas en la utilización del llamado principio de confianza, invocado para evaluar la intervención de los exfuncionarios. Consideraron que el análisis de sus responsabilidades no podía prescindir del resto de la prueba producida.

La sentencia aclaró expresamente que la decisión de anular el fallo no implicaba adoptar una posición sobre la cuestión de fondo.

Techo Digno: qué investigó la Justicia en Sierra Grande


El expediente analizó hechos ocurridos durante 2015, cuando el municipio ejecutó un convenio con el Estado nacional para construir las viviendas. Las personas investigadas son Renzo Tamburrini, exintendente de Sierra Grande; Mauro Tamburrini, exsecretario de Hacienda; y Ernesto Héctor Noel, exsecretario de Obras y Servicios Públicos. La acusación incluyó los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y uso de documento público falso.

Según la Fiscalía, el municipio autorizó pagos a la empresa constructora a partir de ocho certificados que registraron un avance de obra del 71,03%. Sin embargo, distintos relevamientos posteriores calcularon porcentajes menores. Una inspección técnica estimó cerca del 35%, otra evaluación determinó un 42,21% y un profesional contratado por la empresa registró aproximadamente un 43%.

La discusión se concentró en las diferencias entre esos porcentajes y en el contenido de los certificados. La Fiscalía sostuvo que se documentaron trabajos que todavía no estaban ejecutados, entre ellos revoques, cielorrasos, pisos y otras terminaciones. También cuestionó que el tribunal de juicio descartara testimonios de personal municipal y de integrantes del organismo de control local.

Las defensas rechazaron esa interpretación. Plantearon que los certificados tenían carácter provisorio, que la obra se contrató por ajuste alzado y que las mediciones no incluyeron determinados trabajos de movimiento de suelos e infraestructura. También señalaron que las funciones administrativas y técnicas estaban distribuidas entre diferentes áreas y que no existían pruebas suficientes de una actuación dolosa.


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