La Corte Suprema definirá un amparo impulsado por una ONG de Bariloche contra la derogación de la Ley de Tierras

La asociación civil Árbol de Pie es la principal impulsora del recurso que el máximo tribunal judicial del país podría resolver en breve y que esperan quienes pugnan contra la derogación impuesta por el Ejecutivo nacional.

Por Daniel Marzal

Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, los integrantes de la Corte Suprema sumarán dos conjueces para resolver el tema de la Ley de Tierras. Archivo

La decisión de la Corte Suprema de Justicia de abocarse a definir el amparo contra la derogación de la Ley de Tierras presentado por la asociación ambientalista de Bariloche Árbol de Pie y designar conjueces con ese fin concentró el foco de atención sobre esa entidad, que registra larga actuación en la cordillera y es la firmante del recurso junto a dos comunidades indígenas.

La ley nacional de Tierras Rurales 26.737, que -entre otras cosas- condicionaba la venta de campos a inversores extranjeros fue derogada por el DNU 70/23 dictado por el presidente Javier Milei a poco de asumir. Ese artículo puntual del decreto había quedado suspendido por una medida cautelar, que la Corte por unanimidad desactivó hace pocas semanas al rechazar otro amparo presentado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (Cecim) por falta de legitimación.

Ahora el desenlace podría ser distinto, porque otra presentación impulsada con el mismo propósito por Árbol de Pie fue evaluado ayer en acordada por la Corte. Sin embargo, ante la imposibilidad de conformar la mayoría requerida de tres votos, quedaron obligados a sortear la incorporación de dos jueces federales para tratar ese exclusivo tema.

La secretaria de Árbol de Pie, Ana Wieman, dijo que la expectativa es alta porque confían en tener el derecho de su lado y también en que se valorará la prolijidad de los términos del amparo, lo cual impulsaría a la Corte a declararlo admisible y “abocarse a resolver el fondo de la cuestión”. Algo que no ocurrió con el planteo del centro de excombatientes platense.

El amparo gestado en Bariloche también lleva las firmas de las comunidades mapuches Lafkenche y Fvta Anecon y según Wieman es de índole ambiental y “colectivo”, a diferencia del presentado por los excombatientes, que hacía eje en la afectación de la soberanía.

Los fundamentos del amparo


Uno de los abogados patrocinantes del recurso, Martín Palumbo, precisó que en la fundamentación señalan a la ley de Tierras como una ley de “presupuestos mínimos en materia de ambiente”, encuadrada en el acuerdo de Escazú, que obliga al Estado a preservar los recursos ambientales, incluido el territorio.

Pero también subrayan que la derogación afecta a los pueblos originarios que siguen todavía a la espera del relevamiento territorial ordenado por la ley 26.160. “Hay una inseguridad jurídica para las comunidades, relacionada con el acceso a la propiedad comunitaria, que el Estado debe garantizar como firmante del convenio 169 de la OIT”.

Palumbo dijo que la ley de Tierras debe ser restituida porque “es muy grave dejar sin límite la adquisición por parte de capitales extranjeros”. Dijo que hoy no hay restricción alguna y “ya hay debates abiertos, por ejemplo en Santa Cruz, por una operación que involucra inversores emiratíes”.

Otros riesgos a considerar


Wieman explicó que la ley derogada “también era bastante permisiva” porque permitía la propiedad extranjera sobre el 15% de la tierra, “lo que no es poco”. Pero hoy ese tope ya no existe. Coincidió en la preocupación por la “ventana de tiempo” que se mantendrá hasta que el litigio se resuelva y que podrían aprovechar interesados foráneos para comprar importantes superficies en sitios de alto valor ecológico, en “nacientes de ríos y arroyos” y también en zonas de frontera, porque hoy no hay impedimento alguno. La ley derogada prohibía escriturar a extranjeros en una franja de 100 kilómetros desde los límites internacionales.

La referente ambientalista admitió que la legitimación de los firmantes de un amparo es un tema sensible y la Corte Suprema bien podría descalificarlos, como hizo con el Cecim, pero confía en el historial favorable que acumula Árbol de Pie en ese sentido. Otras presentaciones realizadas por esa organización ya consiguieron aprobación judicial en conflictos relacionados con la contaminación del lago Nahuel Huapi, la ley de bosques nativos, el acceso a las costas y planteos relacionados con el acceso a la información.

En algunas de esas causas ganaron la batalla de la legitimación, que fue la que bloqueó el recurso del Cecim. “Hay un fallo de la Cámara Federal de Roca de hace más de diez años que ya nos consideraba legitimados para intervenir en acciones relacionadas con la protección del ambiente y la defensa de los bienes naturales comunes, porque está en nuestro estatuto. También podemos actuar en causas colectivas”, afirmó Wieman.

La conformación del tribunal y los plazos para resolver


De acuerdo al sorteo realizado ayer, que Wieman, Palumbo y otros siguieron por zoom, la Corte Suprema designó como conjueces para resolver el amparo de Árbol de Pie al camarista de Casación Penal Diego Barroetaveña y al presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Juan Pérez Curci, quienes se sumarán para este exclusivo caso al cuerpo integrado por los jueces titulares Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti.

Los amparistas y sus abogados se dedicaron hoy a examinar los antecedentes de cada conjuez y no descartan una posible impugnación. Una de las razones podría ser la falta de paridad de género.

Wieman reconoció que no es sencillo presentar oposición porque el sorteo está reglado y se hizo en forma pública. Señaló que la Corte parece tener cierta urgencia para resolver, pero en lo reglamentario “no tiene plazos”. Aclaró que el amparo de Árbol de Pie no propone medidas cautelares y lo que pretenden es una sentencia que aborde “la cuestión de fondo”, cuyo análisis podría extenderse en el tiempo.

Señaló que “por eso es importante la participación de la comunidad, como se vio con el tratamiento de el proyecto de ley de propiedad privada, que tuvieron que modificar por la movilización en contra de la extranjerización de tierras y del tema incendios”.

Interpretó que de alguna manera ese tipo de presión puede permear también sobre la Corte. El objetivo de la entidad barilochense es que el artículo 154 del decreto se caiga cuanto antes y la ley de Tierras recobre vigencia.

Palumbo señaló que el amparo de Árbol de Pie fue presentado el 28 de diciembre de 2023, cuando entró en vigencia el decreto de Milei y que desde entonces tuvo un largo derrotero que empezó por el Juzgado Federal de Bariloche y registró pasos por la Cámara Federal de La Plata, cuya sala 3 dictó en 2024 la inconstitucionalidad del artículo del decreto que derogó la Ley de Tierras a instancias del Cecim. Ese fallo revocado luego por la Corte ya citaba el amparo de Árbol de Pie.

Wieman dijo que no saben por qué el máximo tribunal definió el recurso impulsado por los excombatientes de Malvinas en este momento y el manejo de los tiempos en ese tribunal es difícil de descifrar. Dijo que esperan una resolución rápida e insistió en que la compra de tierras por parte de extranjeros podría tener severas consecuencias en materia ambiental, porque “no compran en cualquier lado, en el interior del territorio, sino que van por las zonas de frontera, los bosques y las nacientes de agua”, que califican como bienes naturales comunes.


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