Reforma laboral: se filtró el borrador y estos son los puntos destacados que podrían cambiar la Ley de Contrato de Trabajo
La iniciativa fue impulsada por el presidente Javier Milei y el oficialismo planea poder avanzar con su aprobación en el Congreso este último mes del año. Si bien desde el Gobierno no brindaron detalles del proyecto, en las últimas horas revelaron parte del borrador.
El borrador del proyecto de Ley de Reforma Laboral que impulsa el Gobierno se reveló. Si bien se trata de un documento preliminar, en el escrito destacaron varios puntos que podrían modificar notablemente la la Ley de Contrato de Trabajo. Estos son los puntos más destacados.
El borrador fue publicado en Noticias Argentinas y según lo escrito, propone una reforma integral de la Ley de Contrato de Trabajo y normas complementarias. Además establece tres objetivos puntuales: fomentar el empleo formal, reducir la litigiosidad y modernizar las relaciones laborales para adecuarlas a nuevas formas de trabajo.
Los puntos destacados del borrador de la reforma laboral
En el documento se destacan 10 puntos principales que buscaría impulsar el Gobierno:
- Promoción del Empleo Registrado (PER): si se aprueba, se habilitaría a los empleados a regularizar relaciones laborales no registradas o mal registradas. Los beneficios posibles para quienes regularicen incluyen: extinción de acciones penales por evasión previsional; condonación de multas e intereses por deudas de aportes; baja del REPSAL (registro de empleadores infractores).
Además, la reglamentación no podrá condonar menos de 70% de la deuda y los trabajadores regularizados podrán computar hasta 60 meses de aportes para acceder a la PBU.
- Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
a) Registración laboral: se unifica la registración obligatoria en ARCA.
b) Omisión de registración: la falta de registración constituye presunción favorable al trabajador.
c) Facultades del empleador (ius variandi): el empleador puede modificar formas y modalidades de trabajo, siempre y cuando no altere elementos esenciales ni cause perjuicio.
d) Certificados al finalizar la relación laboral: se permite entregar certificados en formato digital o mediante sistemas oficiales como ARCA.
e) Eliminación de multas por falta de registración
- Régimen de Indemnizaciones
a) Base de cálculo: se redefine la “remuneración mensual, normal y habitual”; se establece un tope indemnizatorio: no puede superar 3 veces el salario promedio del convenio y la indemnización no puede ser inferior al 67% de la remuneración normal y habitual.
b) Fondo de cese laboral: se permite que los convenios colectivos reemplacen la indemnización tradicional por un fondo de cese, financiado por el empleador.
- Enfermedad, accidente y reintegro: si el trabajador queda con una disminución permanente, el empleador debe asignar tareas compatibles; si no puede, el contrato se extingue con indemnización reducida (art. 247) y si pudiendo no lo hace, corresponde indemnización plena (art. 245).
- Plataformas digitales (delivery) Se crea un régimen especial para repartidores independientes. Obligaciones: estar inscriptos ante AFIP y seguridad social; contar con CBU/CVU y respetar normas de tránsito. Derechos: rechazar pedidos sin justificación; recibir explicaciones ante bloqueos y acceder a portabilidad de datos.
- Procedimientos de crisis y negociación colectiva: se refuerza el deber de buena fe y la obligación de brindar información económica. También se introducen sanciones para la parte que no negocie.
- Actualización de créditos laborales Se actualizan por IPC + 3% anual. En juicios en trámite, rigen límites para evitar montos superiores a lo que daría el cálculo con IPC.
- Reducción de contribuciones patronales de tres puntos en contribuciones patronales para quienes cumplan con los aportes a los Fondos de Asistencia Laboral, mientras que ARCA puede aumentar la tasa si el empleador incumple.
- Transferencia del establecimiento: El adquirente asume todas las obligaciones laborales del anterior titular.
- Cambios en la Justicia Nacional del Trabajo: se redefine la competencia territorial y la responsabilidad solidaria entre empresas solo si hay maniobras fraudulentas.
Con información de Noticias Argentinas
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