¿Qué está permitido en Bariloche con el pase a Dispo?

Reuniones sociales, actividades deportivas, sociales y familiares se pueden realizar con cupo de participantes y respetando el distanciamiento.

El decreto N°1033 de necesidad y urgencia del presidente Alberto Fernández definió que todo el país pase a distanciamiento social preventivo y obligatorio (Dispo) y así Bariloche cambió su condición y modifica algunas reglas que se cumplían desde hacía meses.

Ayer desde el municipio anticiparon la ampliación horaria para circular hasta las 2 de la madrugada, concurrir a locales gastronómicos (restaurantes, cervecerías, bares, heladerías) hasta la 1 y realizar compras en comercios esenciales y no esenciales hasta las 23.

Ahora el Gobierno provincial difundió una nueva disposición que aclara las actividades permitidas y prohibidas en este esquema Dispo.


Punto por punto


• Solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios con protocolo y con una restricción del uso de las superficies cerradas permitiendo como máximo el uso del 50% de la capacidad.

Queda prohibido, en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos metros y sin ventilación adecuada del ambiente. La parte empleadora deberá adecuar los turnos de descanso, los espacios y los controles necesarios para dar cumplimiento a lo aquí establecido.

• Solo podrán realizarse actividades artísticas y deportivas con protocolo y con un aforo no superior a 10 personas cuando se realicen en lugares cerrados.

• Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a una persona cada dos metros cuadrados de espacio circulable.

• Los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general en espacios cerrados se pueden realizar hasta un cupo de 20 personas. Lo mismo para lugares al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.

• La realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre se puede realizar con una concurrencia de hasta 100 personas.

• La práctica de cualquier deporte en lugares cerrados se puede realizar solo hasta 10 personas con distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes.

Están prohibidos los cines, teatros, clubes y centros culturales.


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