ARCA extendió el plazo para presentar Ganancias 2025: la nueva fecha de vencimiento

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó, a través del Boletín Oficial, un nuevo plazo para la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias 2025. La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, pero mantiene congelada la fecha de pago del saldo ya vencido.

Redacción

Por Redacción

ARCA extendió la declaración jurada de Ganancias 2025.-

ARCA extendió la declaración jurada de Ganancias 2025.-

En una decisión clave para contadores y contribuyentes de todo el país, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva extensión del cronograma impositivo.

La medida de ARCA, publicada este jueves 8 de octubre 2026 en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 5911/2026, otorga más margen operativo para confeccionar y presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.

El nuevo esquema, sin embargo, sostiene una particularidad administrativa: desdobla por completo la fecha de presentación de los formularios informativos respecto del pago del tributo, el cual ya operó a mediados de año y no sufrió modificaciones.


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De acuerdo con lo establecido por el organismo de recaudación, las personas humanas y sucesiones indivisas (tanto del régimen general como del régimen simplificado) contarán con el siguiente esquema oficial:

  • Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: el vencimiento formal se traslada al viernes 30 de octubre 2026.
  • Ingreso del saldo resultante: no tuvo prórroga adicional, por lo que su fecha de corte se mantuvo inalterable desde el pasado 27 de julio 2026.
  • Anticipos del período 2026: la entidad ratificó que el primer anticipo venció el 24 de septiembre, sin nuevas dispensas en curso.
  • Caracterización de «Pequeño Contribuyente»: la ejecución sistémica prevista por el organismo se adecuó formalmente y pasó para el 16 de noviembre 2026.

Por qué ARCA postergó la declaración jurada de Ganancias 2025


El fundamento técnico de la postergación radica en la sanción de la Ley N° 27.826 (Inocencia Fiscal II), sancionada el 17 de septiembre pasado.

Según fundamentó el titular de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, las disposiciones normativas de dicha ley introdujeron cambios directos en los criterios de liquidación del gravamen para el ejercicio 2025.

Frente a la necesidad de adaptar los sistemas informáticos, las tablas de cálculo y la parametrización de los aplicativos web, la entidad dispuso estos días adicionales para evitar inconsistencias técnicas y facilitar la labor de los profesionales tributarios en la carga final.


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Para el 30 de octubre de 2026, fecha de corte definitiva estipulada por la normativa:

  • Tráfico en los servidores: se espera un pico de concurrencia en el portal oficial de ARCA durante las últimas 48 horas previas al 30 de octubre 2026, por lo que especialistas recomiendan no demorar el envío de las DDJJ.
  • Regularización contable: los estudios tributarios cerrarán las carpetas pendientes del período fiscal 2025, unificando los criterios con las novedades de la Ley 27.826.
  • Impacto en el contribuyente: quien no presente en término quedará expuesto a multas formales automáticas y bloqueos de certificados fiscales, aun cuando el pago monetario del saldo se encuentre al día.


En una decisión clave para contadores y contribuyentes de todo el país, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva extensión del cronograma impositivo.

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