El Gobierno envió una megareforma del mercado de capitales al Congreso: ahorristas pagarían Ganancias por operar con CEDEARs
El Poder Ejecutivo giró a Diputados el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, una propuesta de 240 artículos que modifica más de veinte normativas. La iniciativa crea un Sistema Federal de Registro de Garantías, reconoce jurídicamente los activos virtuales, agiliza el crédito productivo e impulsa que los ahorristas paguen Ganancias por las operaciones con certificados de acciones extranjeras.
El Gobierno nacional envió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, una extensa propuesta de reforma integral del mercado de capitales que abarca 240 artículos y modifica más de una veintena de normativas vigentes. La reforma busca facilitar la inversión productiva, reducir costos de transacción y adaptar la estructura legal a la economía digital, indicaron desde el Ejecutivo.
La iniciativa, firmada por el presidente Javier Milei y los ministros Luis Caputo, Federico Sturzenegger, Alejandra Monteoliva y el jefe de Gabinete Diego Santilli, giró a las comisiones de Legislación General, Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas, y Presupuesto y Hacienda, precisó Parlamentario.
El mensaje de elevación detalla que el objetivo del proyecto es «eliminar restricciones injustificadas que obstaculizan el acceso y el ejercicio de actividades económicas y profesionales, promover la libre competencia y el funcionamiento eficiente de los mercados y profundizar el fortalecimiento de la seguridad jurídica y la libertad económica».
Cambios impositivos para los CEDEARs
Uno de los puntos más sensibles de la propuesta es la modificación tributaria sobre los Certificados de Depósito Argentinos (CEDEARs), los instrumentos financieros que permiten invertir desde el país en acciones de empresas internacionales como Apple o Microsoft. El proyecto busca eliminar la actual exención del Impuesto a las Ganancias para las operaciones de compraventa de estos certificados, y establece que tributen bajo las mismas reglas que los activos comprados directamente en una bolsa del exterior.
El artículo 230 de la iniciativa dispone que la exención dejará de regir para los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, siempre que los activos extranjeros subyacentes no gozaran de ese beneficio de forma directa. Según los fundamentos oficiales, la redacción vigente generó una «fisura en el sistema» que permitió a los inversores gozar de exenciones locales al invertir en activos extranjeros que deberían estar gravados.
El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó a Clarín que este criterio de transparencia fiscal implica un cambio sustancial: «Hoy comprás un CEDEAR de Apple, por ejemplo, y si lo negociás en un mercado autorizado por la CNV, el resultado de la compraventa está exento del Impuesto a las Ganancias».
Con la reforma, los ahorristas que compren tras la fecha límite y obtengan un resultado positivo en la venta deberán pagar un 15% sobre la ganancia, determinada en moneda dura. El Gobierno argumenta que la medida busca «eliminar subsidios fiscales indirectos a la tenencia de activos externos que no generan externalidades positivas en la economía nacional».
Digitalización, pagarés y activos virtuales
La megareforma promueve la modernización del régimen de títulos valores mediante el principio de “neutralidad tecnológica”, y otorga reconocimiento a los activos digitales y a los registros distribuidos, como blockchain, para la operatoria de títulos de crédito. Además, habilita la tokenización de activos bajo estándares de seguridad estatales y admite la transferencia digital de títulos al portador.
El texto permite la inclusión de cláusulas de actualización en letras de cambio y pagarés basadas en índices objetivos o unidades de valor. También introduce la opción de emitir pagarés cuyo cumplimiento se realice mediante la entrega de bienes fungibles, como granos o minerales, tomando como ejemplo la Cédula de Producto Rural de Brasil.
En paralelo, el proyecto obliga a los emisores de tarjetas de crédito a generar títulos valores electrónicos sobre las ventas de los comercios para transformarlos en activos negociables, y flexibiliza la negociación secundaria de cheques, pagarés y certificados de plazo fijo a largo plazo. Esto permitirá a los inversores recuperar liquidez sin romper de forma anticipada su colocación.
Nuevas garantías y supervisión del BCRA
La piedra angular del proyecto radica en la creación del Sistema Federal de Registro de Garantías, una red interoperable de alcance nacional donde se inscribirán prendas y gravámenes bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA). La prioridad de las garantías se determinará por la fecha, hora, minuto y segundo exacto de inscripción en una base de datos única.
El texto amplía los bienes prendables al incluir activos virtuales, software, derechos de propiedad intelectual, acciones, cuotas sociales y créditos futuros, además de permitir la “prenda flotante” sobre inventarios, cobranzas y cuentas bancarias. Para asegurar su ejecución, habilita el uso de órdenes judiciales sobre billeteras digitales, plataformas y exchanges.
Finalmente, la reforma modifica las leyes de Mercado de Capitales, Fondos Comunes de Inversión (FCI) y Fideicomisos, y otorga competencias a la Comisión Nacional de Valores (CNV) para supervisar a los proveedores de activos virtuales y autorizar inversiones de los FCI en criptomonedas. También transfiere al BCRA la autoridad sobre las Sociedades de Garantía Recíproca y la Factura de Crédito Electrónica MiPyME, cuyos plazos de aceptación tácita se extienden de 15 a 21 días para favorecer el financiamiento del sector productivo.
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