Con el Súper RIGI, el Gobierno apuesta a megaproyectos tecnológicos con beneficios fiscales y blindaje jurídico

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de “Súper RIGI”, un régimen especial destinado a captar inversiones de al menos US$ 1.000 millones en sectores tecnológicos estratégicos. La iniciativa ofrece amplios beneficios fiscales, cambiarios y aduaneros por 30 años, aunque condiciona su aplicación a la adhesión de provincias y municipios.

El Súper RIGI busca atraer industrias que aún no existen en el país. Foto: NA

El Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso el proyecto de ley del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, denominado Súper RIGI, el cual exige un monto mínimo de inversión de US$ 1.000 millones de dólares por proyecto.

Super RIGI: establecen inversión mínima en U$S 1.000 millones


Esta iniciativa se enfoca exclusivamente en sectores de vanguardia tecnológica que actualmente no tienen desarrollo en el país, como la inteligencia artificial, la biotecnología avanzada, la industria de semiconductores y la infraestructura digital estratégica, entre otras.

Para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales, cambiarios y aduaneros en las distintas regiones, el texto establece que es un requisito indispensable la adhesión expresa e integral de las provincias y los municipios donde se localicen las actividades.

La normativa define como objetivo prioritario incentivar inversiones de gran escala que generen un adelantamiento de soluciones macroeconómicas para industrias que hoy resultan experimentales o piloto.

El proyecto indica que el Súper RIGI será de aplicación en todo el territorio de la República Argentina, pero aclara que «la falta de adhesión de las jurisdicciones que resulten requeridas impedirá el otorgamiento de los beneficios previstos en este régimen respecto de los proyectos radicados en la jurisdicción de que se trate».

Bajo esta premisa, el gobierno nacional busca coordinar con los estados provinciales un marco de estabilidad que evite la superposición de cargas tributarias locales que puedan neutralizar los incentivos nacionales.

El texto aclara que este instrumento es superador al régimen establecido por el RIGI y se orienta a proyectos que, por su naturaleza y riesgo, requieren un blindaje jurídico específico para desarrollarse en el país.

En cuanto a los requisitos de capital, el plan de inversión debe contemplar «un monto mínimo de inversión en activos computables de al menos US$ 1.000 millones por proyecto».

Los interesados deberán comprometer el cumplimiento de al menos el 20% de ese total dentro de los primeros dos años posteriores a la fecha de adhesión.

Se consideran activos computables aquellos destinados a la adquisición, producción o construcción de bienes necesarios para la puesta en marcha, aunque se limita el cómputo de inmuebles y derechos de usufructo a un máximo del quince por ciento del monto total de inversión.

La norma excluye de manera taxativa a los proyectos que consistan en la simple ampliación, modernización o adecuación de instalaciones que ya existan.

Para operar dentro del régimen, los inversores deben constituir Vehículos de Proyecto Único (VPU), que pueden ser sociedades anónimas, sucursales de empresas extranjeras o uniones transitorias, siempre que tengan un objeto exclusivo y activos afectados únicamente al proyecto. Esta resulta la figura jurídica que viabiliza el proyecto.

El paquete de incentivos tributarios establece que el impuesto a las Ganancias será de 15%, eliminando la aplicación de la escala general para estos casos.

Además, se otorga la opción de un régimen de amortización acelerada, donde los bienes muebles pueden amortizarse en dos cuotas anuales y las obras de infraestructura en un esquema que permite deducir el sesenta por ciento el primer año.

Los quebrantos impositivos que no se absorban en un período podrán utilizarse en los años siguientes sin límite de tiempo y podrán ser transferidos a terceros si no se utilizan tras cinco años.

Para el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el proyecto introduce el uso de Certificados de Crédito Fiscal para cancelar el impuesto facturado por proveedores en las inversiones iniciales.

Estos certificados pueden ser transferidos a terceros si la agencia de recaudación no efectúa la devolución en un plazo de tres meses. En materia de dividendos, se fija una alícuota del 7%, que se reduce al 3,5% una vez transcurridos cuatro años desde la adhesión al régimen.

El texto también garantiza que los VPU podrán computar el cien por ciento de lo abonado por el impuesto sobre débitos y créditos bancarios como pago a cuenta de Ganancias.

En el ámbito aduanero, las importaciones de bienes de capital, partes y componentes destinados al plan de inversión están exentas de derechos de importación, tasa de estadística y cualquier percepción de impuestos nacionales o locales.

De igual modo, las exportaciones de los productos obtenidos mediante el proyecto no estarán sujetas a derechos de exportación. El proyecto subraya que no podrán aplicarse restricciones cuantitativas, cupos o prioridades de abastecimiento interno a los bienes producidos bajo este régimen, garantizando la libre exportación de la producción.

El régimen cambiario prevé una disponibilidad progresiva de las divisas obtenidas por ventas al exterior.

Los exportadores podrán retener fuera del sistema de liquidación local el veinte por ciento de los cobros tras el primer año, el cuarenta por ciento al segundo y el cien por ciento a partir del tercer año.

También se establece que no habrá obligación de ingresar divisas por aportes de capital o financiamientos externos vinculados al proyecto.

El texto asegura que el inversor tendrá estabilidad cambiaria y que «no le será aplicable al VPU adherido al Súper RIGI ninguna limitación a la tenencia de activos externos» impuesta por normativas generales.

Para las relaciones laborales, se dispone de una alícuota única del 10% para las contribuciones patronales destinadas a la seguridad social por cada nuevo empleado contratado.

Este beneficio se mantendrá por el plazo de estabilidad del régimen, que se fija en treinta años contados desde la fecha de adhesión. Durante este periodo, los incentivos no podrán ser afectados por leyes o decretos posteriores que resulten más gravosos, otorgando al inversor «un derecho adquirido, asimilable al de propiedad, respecto de los derechos e incentivos previstos».

La relación con las jurisdicciones locales es determinante para la aplicación efectiva de la ley. Las provincias que adhieran se comprometen a no crear nuevos impuestos y a limitar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a una alícuota máxima del cero coma cincuenta por ciento para las actividades del VPU.

Asimismo, deberán eliminar el Impuesto de Sellos sobre contratos y operaciones financieras, y renunciar al cobro de regalías o cánones administrativos adicionales.

El proyecto establece que cualquier norma local que vulnere estos principios será considerada nula de nulidad absoluta.

En caso de conflictos entre el Estado y los inversores, el régimen habilita el recurso al arbitraje internacional tras un periodo de sesenta días de negociaciones amistosas.

Los VPU podrán elegir entre el reglamento de la Corte Permanente de Arbitraje, la Cámara de Comercio Internacional o el CIADI.

El texto aclara que los derechos adquiridos se consideran inversiones protegidas por tratados internacionales de protección recíproca.

El tribunal arbitral deberá tener sede fuera de la Argentina y el proceso se llevará a cabo en idioma español.

Finalmente, el Súper RIGI prohíbe la adhesión de proyectos que ya hayan solicitado su ingreso al régimen de la Ley N° 27.742 (RIGI original) que tengan un objeto similar a los presentados bajo esa norma anterior.

Se considera proyecto similar aquel que comparta en forma sustancial el plan de inversión, la localización física o más del cincuenta por ciento del capital comprometido.

El plazo para adherirse a este nuevo sistema será de cinco años, con la opción de una prórroga de un año más por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

Corresponsalía Buenos Aires


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