Malvinas: la Justicia Federal avanza contra las petroleras extranjeras acusadas de operar sin autorización argentina

El Juzgado Federal de Tierra del Fuego confirmó su intervención en la causa tras considerar que las petroleras del proyecto Sea Lion avanzaron en la logística y construcción con licencias unilaterales, omitiendo el posible impacto negativo para la Argentina.

Por Redacción

La Justicia Federal avanza contra las petroleras extranjeras acusadas de operar sin autorización argentina en Malvinas

Después de la medida que tomó el presidente Javier Milei para evitar que empresas extranjeras exploten el petróleo de las Islas Malvinas y vulneren la soberanía nacional sobre el archipiélago, se confirmó que el Juzgado Federal de Tierra del Fuego intervendrá en el hecho y avanzará con la causa por daño ambiental y soberano.

Causa Malvinas: la Justicia consideró ilegal las operaciones petroleras de extranjeros


La jueza federal de Garantías de Río Grande, Mariel Borruto, se declaró competente para intervenir en la acción preventiva contra las dos petroleras extranjeras que forman parte del proyecto Sea Lion.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder el sitio Infobae, se trata de un yacimiento offshore producto de la unión comercial entre la compañía israelí Navitas Petroleum y la británica Rockhopper Exploration. Ambas tendrían entre sus planes, perforar y extraer petróleo de la Cuenca Norte de Malvinas, área que se encuentra en la plataforma continental argentina.

La presentación fue lanzada por la Asociación de Abogados y Abogadas Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM). Ambos solicitaron el cese de las tareas vinculadas con el emprendimiento hidrocarburífero y como argumento, señalaron que las compañías avanzaron con etapas logísticas y de construcción bajo licencias emitidas de manera unilateral por el Reino Unido.

Por esta razón, denunciaron que el proyecto carece de una evaluación de impacto ambiental ante autoridades argentinas y del certificado de aptitud ambiental previsto en la Ley General del Ambiente N° 26.675.

Borruto, además de asumir la competencia, ordenó dar participación a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. La magistrada, según el sitio Fiscales, consideró que el área donde se proyecta la iniciativa se ubica dentro de la jurisdicción provincial, por lo tanto el Estado fueguino posee atribuciones sobre los recursos naturales y la regulación ambiental.

En este contexto, la resolución dispuso que la Fiscalía de Estado provincial tendrá 10 días para ejercer la representación en resguardo del patrimonio y ambiente estatales. Asimismo, intimó a los demandantes a informar, en un plazo de cinco días, si iniciaron procesos con el mismo objeto en otros tribunales.

En esa línea, las organizaciones deberán traducir los documentos redactados en idioma extranjero y presentar en formato digital la documentación requerida para evaluar las medidas cautelares solicitadas.

La decisión judicial coincide con el dictamen de la Sede Fiscal Descentralizada Río Grande, a cargo del fiscal Marcelo Rapoport y con intervención de la auxiliar fiscal Lorena Bendaña. En el documento, el Ministerio Público Fiscal entendió que el eventual impacto ambiental excede una jurisdicción local, debido a la conexión oceanográfica de las aguas del Atlántico Sur con las ecorregiones del Mar Argentino y las Islas del Atlántico Sur.

Según lo informado, el proyecto Sea Lion contemplaría una infraestructura de pozos submarinos, una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, además de ductos y conductos verticales. Es por esto que Borruto considera que esas instalaciones se ubicarían sobre el lecho y el subsuelo de la plataforma continental bajo jurisdicción marítima nacional.

En el dictamen, Bendaña sostuvo que las empresas tiene intenciones de desarrollar una actividad capaz de provocar daños sobre recursos naturales de la Argentina sin que las autoridades nacionales hayan evaluado sus consecuencias.

Por su parte, la Fiscalía remarcó que los organismos argentinos no pudieron acceder ni controlar la información técnica del proyecto y por ello el planteo de frenar la actividad se apoya esencialmente en el carácter preventivo del derecho ambiental. Entienden que podrían haber consecuencias irreversibles o de difícil recomposición. La jueza Borruto también apoyó esta postura y agregó que la demanda involucra un posible daño a la soberanía nacional.

En conformidad con este planteo, la Fiscalía citó la Ley de Hidrocarburos N.º 26.659 y su modificatoria, la Ley N.º 26.915, que establecen la ilegalidad de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos realizadas sin autorización argentina.

Por todo esto, el dictamen sostuvo que la explotación unilateral de recursos naturales por parte del Reino Unido es incompatible con el proceso de negociación promovido por las Naciones Unidas. Asimismo, el Ministerio Público Fiscal recordó que las resoluciones internacionales reconocen la controversia de soberanía e intiman a las partes a abstenerse de tomar tales medidas mientras el litigio permanezca abierto.

Con información de Infobae


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