Súper RIGI: el Senado abre el debate para atraer grandes inversiones en tecnología, minería y nuevas industrias
El proyecto se discutirá este miércoles en un plenario de comisiones. El encuentro contará con la presencia de funcionarios del equipo económico, encargados de brindar detalles sobre el alcance y los objetivos de la iniciativa.
La Cámara alta abre este miércoles el debate por el proyecto que crea el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias (Súper RIGI). Se trata de una de las principales apuestas del Gobierno para atraer capitales destinados a sectores vinculados con la tecnología, la inteligencia artificial y nuevos minerales.
Debate por el Súper RIGI
De acuerdo a la información oficial, la iniciativa se discutirá en un plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Economía Nacional e Inversiones y Legislación General, las mismas presididas por los senadores Agustín Monteverde (LLA), Martín Goerling Lara (PRO) y Nadia Márquez (LLA).
El oficialismo fijó un cronograma de tres reuniones informativas. La primera se realizará este miércoles y contará con la exposición de funcionarios del Ministerio de Economía, quienes brindarán detalles sobre el alcance y los objetivos del proyecto.
La intención es avanzar con el dictamen en un plazo de tres semanas y, durante ese periodo, alcanzar acuerdos con los bloques aliados del PRO, la UCR y representantes de fuerzas provinciales para reunir los votos necesarios y convertir la iniciativa, que ya cuenta con media sanción, en ley durante agosto.
Súper RIGI: 10 claves para entender de que se trata
En primer lugar, y para empezar una lista de las 10 claves del proyecto, tenemos que tener en cuenta que el mismo está orientado a nuevas industrias. Se trata de «El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias», conocido como Súper RIGI. Lo llamativo del mismo es que apunta a proyectos vinculados a actividades que aún no tienen desarrollo en el país o que permanecen en etapas experimentales.
Entre estas industrias, figura la inteligencia artificial, la biotecnología avanzada, la fabricación de semiconductores, las energías renovables, los vehículos eléctricos y las cadenas productivas asociadas a baterías de litio y paneles solares. La propuesta deja afuera ampliaciones o actualizaciones de emprendimientos ya existentes y busca impulsar actividades con alto contenido tecnológico y potencial para generar nuevas cadenas de valor.
El segundo lugar, se exigen inversiones mínimas de US$ 1.000 millones. Esto hace que el acceso al régimen quedé reservado para proyectos que comprometan inversiones superiores a ese moento en activos computables.
Este punto deja la vara de inversión más alta que la del RIGI vigente, cuyos requisitos rondan los US$200 millones y $600 millones según la actividad.
En tercer lugar, y en esto se parece al anterior RIGI, obliga a ejecutar una parte de la inversión en los primeros años. El proyecto establece que las empresas deberán concretar al menos el 20% de la inversión comprometida dentro de los dos años posteriores a su adhesión.
La medida busca garantizar avances concretos desde las primeras etapas, promoviendo obras, incorporación de equipamiento y generación de empleo en el corto plazo.
En un cuarto lugar, podemos decir que el proyecto, reduce de manera significativa la carga del Impuesto a las Ganancias. Los denominados Vehículos de Proyecto Único (VPU), sociedades creadas específicamente para cada emprendimiento, tributarán una alícuota del 15% en el Impuesto a las Ganancias.
Además, se incorpora un esquema de amortización acelerada que permitirá deducir el 60% de determinadas inversiones durante el primer año y el 20% en cada uno de los dos siguientes. También se habilita la utilización de quebrantos sin límite temporal y su eventual transferencia a terceros después de cinco años.
En quinto lugar, el proyecto baja la tributación sobre dividendos La iniciativa fija una tasa reducida del 3,5% para los dividendos y utilidades distribuidos por los VPU.
Un sexto y llamativo punto, es que se eliminan los derechos de importación y exportación. Los proyectos aprobados quedarán exentos de tributos aduaneros tanto para importar bienes de capital, insumos y tecnología como para exportar los productos obtenidos.
La propuesta busca reducir costos operativos y facilitar el acceso a equipamiento internacional, además de potenciar la inserción de estas nuevas industrias en los mercados globales.
En séptimo lugar, la iniciativa contempla ventajas en materia laboral y previsional. Se busca prever una contribución patronal única del 10% para los nuevos puestos de trabajo que se generen a partir de los emprendimientos incluidos.
La reducción de cargas laborales forma parte del paquete de incentivos pensado para favorecer la contratación de personal y el desarrollo de actividades vinculadas a la tecnología y la manufactura avanzada.
En octavo lugar, se apunta a garantiza la estabilidad normativa por tres décadas para las empresas que decidan invertir. La promesa de estabilidad durante 30 años en materia tributaria, aduanera, cambiaria y de seguridad social aparece como un punto llamativo para las empresas inversoras.
El texto también atribuye un punto a los mecanismos de resolución internacional de controversias, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad y seguridad jurídica a los inversores.
En noveno lugar, se busca flexibilizar las exigencias de compras locales. A diferencia del RIGI actual, el nuevo esquema eliminaría la obligación de destinar al menos el 20% de la inversión a proveedores nacionales.
Las compras locales solo podrán requerirse cuando existan condiciones equivalentes a las del mercado internacional, una modificación que genera debate entre provincias y empresas proveedoras argentinas por su posible impacto en la integración de la industria local.
Finalmente, un decimo punto limita la presión tributaria provincial y municipal. El proyecto establece un tope del 0,5% para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las jurisdicciones que adhieran al régimen y prohíbe la aplicación de tasas municipales sobre las ventas de los proyectos.
Asimismo, impide la creación de nuevos gravámenes locales vinculados a estas inversiones y restringe la exigencia de pagos previos para acceder a reclamos administrativos o judiciales.
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