Drones en áreas protegidas: habrá permisos más ágiles para investigaciones y emergencias
Río Negro actualizó las reglas para volar drones en las 13 áreas naturales protegidas de la provincia.
La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Río Negro actualizó el reglamento para el uso de drones en las trece Áreas Naturales Protegidas de la provincia. De esta forma, se optimiza la gestión de las autorizaciones y la fiscalización ante actividades científicas y de difusión ambiental y en casos de emergencias.
Desde la cartera, advirtieron que la nueva normativa promueve el uso responsable de las tecnologías «que contribuyen al conocimiento y el monitoreo», aunque sin dejar de poner el foco en la conservación de los ecosistemas.
Esta actualización reemplaza una normativa vigente desde 2022 y, a la vez, incorpora procedimientos más ágiles para la evaluación de solicitudes para volar un dron, además de protocolos específicos para situaciones excepcionales que requieran registros audiovisuales o monitoreos vinculados a eventos naturales de interés ambiental.
Las Áreas Naturales Protegidas son definidas como «porciones del territorio que han sido reconocidas por la comunidad científica, la opinión pública y las autoridades como de alto valor patrimonial, en donde la conservación de la naturaleza es su objetivo principal y son especialmente sensibles al impacto de las actividades humanas». En 1993, Río Negro sancionó la Ley de creación del Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas.
Este sistema está actualmente compuesto por un total de trece Unidades de Conservación, que se extienden formando un mosaico sobre diferentes regiones biogeográficas de la provincia: Punta Bermeja, Caleta de los loros, Bahía de San Antonio, Puerto Lobos, Meseta de Somuncura, Río Azul – Lago Escondido, Río Limay, Valle Cretácico, Parque Provincial Azul, Bosque Petrificado de Valcheta, Cipresal de las Guaitecas, el paisaje protegido “Camino La Luisa” y Lagunas de Carri Laufquen.

«Con esta actualización de la normativa, investigadores, instituciones y organizaciones que desarrollen proyectos científicos o acciones de divulgación ambiental contarán con una herramienta más eficiente para gestionar sus solicitudes, reduciendo trámites innecesarios», aseguraron.
La actualización de la normativa no se limita a un cambio administrativo, advirtieron. Esta medida está acompañada por capacitaciones para los guardas ambientales que son los responsables de la protección, el monitoreo y fiscalización de las áreas protegidas.
«Anac, el ente que regula las aeronaves, sacó una nueva resolución en 2025 y modificaron cuestiones que van hasta las denominaciones. Ahora pasaron a llamarse aeronaves pilotadas a distancia. Cambian los conceptos. En base a eso y después de cuatro años de aplicación, consideramos necesario actualizar para aplicarlo en nuestro territorio», especificó Judith Jiménez, secretaria de Ambiente y Cambio Climático.
Buscamos acompañar el trabajo científico y la difusión ambiental responsable, sin perder de vista que la prioridad siempre es proteger nuestros ecosistemas y la biodiversidad de las áreas protegidas”,
Judith Jiménez, secretaria de Ambiente y Cambio Climático.
Apuntó a la necesidad de volar un dron para investigación ambiental o monitoreos o bien en caso de alguna emergencia: «Antes se podía hacer, pero había que presentar mucha documentación, era muy burocrático y si ocurría algo medio repentino no daban los tiempos. Ahora cambiaron las condiciones y el nuevo protocolo contempla solicitudes repentinas».
La nueva disposición se refiere a las 13 áreas protegidas con biodiversidad donde muchos animales se pueden ver afectados por el vuelo de los drones. «La resolución -aclaró Jiménez- especifica en qué zonas de esas áreas naturales se puede volar y en cuáles no. A la vez, contempla la documentación a entregar. Se trata de darle operatividad al uso del dron en las áreas naturales protegidas ya que hoy todo el mundo tiene acceso a un dron», dijo Jiménez.
«¿Esta actualización se dio por alguna situación puntual como la necesidad de volar drones ante un incendio forestal?», se consultó. La respuesta fue negativa. «Ahora que está en auge todo lo que es turismo naturaleza, hay muchos creadores de contenido, fotógrafos, camarógrafos que quieren captar situaciones de la naturaleza. La tecnología va mejorando y entonces debemos mejorar a su vez las normativas«, respondió la funcionaria.
Argentina: de un esquema restrictivo a uno más flexible
-En agosto de 2025, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) publicó en el Boletín Oficial una resolución que permite el uso de drones de hasta 250 gramos para cualquier persona «sin necesidad de registro, licencia, capacitación ni seguro obligatorio».
-La resolución anterior vigente entre 2019 hasta 2023 diferenciaba los drones según el peso y su uso (recreativo, científico o comercial). La responsabilidad se regía por el Código Civil y Comercial, de modo que el operador debía responder ante cualquier daño.
-La Unión Europea, Canadá, Japón y Australia exigen registro, capacitación y seguro obligatorio; Estados Unidos obliga al registro ante la Federal Aviation Administration (FAA) y cursos básicos, aunque el seguro no siempre es requisito. Argentina eliminó los seguros obligatorios, registros mínimos y trazabilidad de operadores.
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