ARCA lanzó un plan de pagos para deudas de pymes y monotributistas: cómo acceder
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó el régimen especial mediante la Resolución General 5875/2026. Los detalles de las cuotas, tasas y la fecha límite para evitar embargos.
ARCA lanzó el nuevo régimen especial de facilidades de pago pensado para aliviar la situación financiera. (Foto: gentileza)
Una excelente noticia para el bolsillo de los comercios, PYMES y profesionales independientes de la región. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó el lanzamiento de un nuevo régimen especial de facilidades de pago pensado para aliviar la situación financiera de las MiPyMEs, monotributistas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5875/2026, permite financiar todas aquellas obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026.
Para muchos comerciantes locales de Neuquén y Río Negro, esta herramienta representa una tregua clave para ordenar las cuentas, evitar la parálisis de la actividad por embargos y suspender las ejecuciones fiscales acumuladas durante los últimos meses de caída en el consumo.
Los tres grupos que pueden acceder al plan de facilidades
La normativa del fisco nacional clasifica a los beneficiarios autorizados en tres grandes universos de contribuyentes:
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2): Es requisito obligatorio contar con el Certificado MiPyME vigente al momento de la solicitud y tener la caracterización registrada en el sistema de ARCA.
- Pequeños Contribuyentes: Personas humanas y sucesiones indivisas registradas bajo el código específico de «Pequeño Contribuyente».
- Entidades sin fines de lucro: Incluye de manera directa a cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, fundaciones, asociaciones civiles y cooperadoras escolares registradas ante el fisco.
Qué deudas impositivas entran y el costo financiero
La moratoria es amplia y permite incorporar obligaciones por IVA, Ganancias, aportes de seguridad social, retenciones y tasas aduaneras. Según indicó a Infaobe el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, se aclara un aspecto central de la letra chica: “La regularización no implica una reducción de intereses resarcitorios o punitorios ni la liberación de sanciones”. Es decir, se trata de una refinanciación de la deuda y no de una quita de capital.
Atención con las exclusiones: Quedan totalmente fuera del beneficio las retenciones previsionales de empleados, los anticipos de impuestos, las cuotas de planes de pago vigentes, y los pagos destinados a las ART.
Cuotas, tasas de interés y montos mínimos
Las condiciones financieras que fijó el organismo de control impositivo varían de acuerdo a la categorización del contribuyente, estableciendo pautas específicas de pago:
- Micro, Pequeñas Empresas y Monotributistas: Pueden financiar el saldo en hasta 18 cuotas para obligaciones generales (con un pago a cuenta del 5%) y hasta 9 cuotas para retenciones, bajo una tasa de interés del 2,75% mensual.
- Medianas Empresas: El plazo se reduce a un máximo de 15 cuotas generales (con un pago a cuenta obligatorio del 10%) y hasta 7 cuotas para retenciones, con la misma tasa del 2,75%.
El monto mínimo de cada cuota y del anticipo inicial no podrá ser inferior a los 50.000 pesos. Al respecto, Domínguez advirtió que la exigencia de un pago a cuenta tan elevado podría complicar el ingreso de aquellos comerciantes que actualmente enfrentan mayores restricciones de caja y necesitan aire financiero de manera urgente.
Una excelente noticia para el bolsillo de los comercios, PYMES y profesionales independientes de la región. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó el lanzamiento de un nuevo régimen especial de facilidades de pago pensado para aliviar la situación financiera de las MiPyMEs, monotributistas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5875/2026, permite financiar todas aquellas obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026.
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